sábado, 6 de julio de 2024

Los pueblos indígenas de México como grupos étnicos vulnerables: Un enfoque a partir de las Relaciones Internacionales, la Política Internacional y los Derechos Humanos

 



Título del Articulo a ser Publicado: Los pueblos indígenas de México como grupos étnicos vulnerables: Un enfoque a partir de las Relaciones Internacionales, la Política Internacional y los Derechos Humanos.

 

Title of The Article to be Published: The indigenous peoples of Mexico as vulnerable ethnic groups: An approach based on International Relations, International Politics and Human Rights.

 

 

José Ulises Lescure[1]

ulises.lescure@trinity.oxon.org

https://orcid.org/0009-0009-7455-7219

Profesor de la Escuela de Relaciones Internacionales,

Facultad de Administración Pública

de la Universidad de Panamá

Panamá – República de Panamá

 

Basilia Hernández[2]

basiliahq@gmail.com

https://orcid.org/0009-0004-4262-3334

Profesora de la Escuela de Relaciones Internacionales,

Facultad de Administración Pública

de la Universidad de Panamá

Panamá – República de Panamá

 

Venicia Chang Monterrey[3]

venichang@hotmail.com

https://orcid.org/0000-0002-4272-9663

Profesora de la Escuela de Relaciones Internacionales,

Facultad de Administración Pública

de la Universidad de Panamá

Panamá – República de Panamá

 

Resumen

El presente trabajo académico examina la situación de los pueblos indígenas en México, considerando su vulnerabilidad en el contexto de los derechos humanos, las relaciones y la política internacionales. Se analizan las dinámicas entre el derecho interno de México e instrumentos internacionales en el marco de los derechos humanos, así como entre ellos y las políticas internas y de la posición de México en el ámbito internacional respecto a los derechos de los pueblos indígenas. Se estudia el desarrollo de las políticas de derechos humanos en los recientes sexenios, con especial énfasis en las reformas legislativas y el alcance de la protección efectiva de los derechos indígenas. Se aborda la inclusión de los pueblos indígenas como actores relevantes en las relaciones internacionales, apuntando a la necesidad de políticas interculturales y respeto a la diversidad. Finalmente, se ofrecen recomendaciones para mejorar las políticas públicas en este ámbito y la participación de estos grupos en la toma de decisiones, dentro del marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030, con el objetivo de que los grupos vulnerables no sean marginados.

 

Palabras claves: Política internacional, política exterior, derechos humanos, grupos vulnerables, comunidades indígenas.

 

Abstract:

          The present academic work examines the situation of indigenous peoples in Mexico, considering their vulnerability in the context of human rights, international relations, and politics. It analyzes the dynamics between Mexico's domestic law and international instruments within the framework of human rights, as well as the interactions between these and internal policies and Mexico's position in the international arena concerning the rights of indigenous peoples. The development of human rights policies in recent presidential terms is studied, with special emphasis on legislative reforms and the extent of effective protection of indigenous rights. The inclusion of indigenous peoples as relevant actors in international relations is addressed, highlighting the need for intercultural policies and respect for diversity. Finally, recommendations are offered to improve public policies in this area and the participation of these groups in decision-making, within the framework of the Sustainable Development Goals and the 2030 Agenda, aiming to ensure that vulnerable groups are not marginalized.

 

Keywords: International politics, foreign policy, human rights, vulnerable groups, indigenous communities



[1] Autor principal #1.

[2] Autora principal #2.

[3] Autora principal #3



Introducción

Nos hemos propuesto elaborar una investigación académica que aborde dentro de su marco teórico la vulnerabilidad de los pueblos indígenas mexicanos, en función del desarrollo de la transversalidad de los enfoques de género, de derechos humanos e interculturalidad en la protección integral y defensa de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas, como grupos étnicos en situación de vulnerabilidad.

 

Los referidos enfoques y los instrumentos internacionales son necesarios a fin de proteger la dignidad y los derechos humanos de estos grupos, los cuales también están garantizados tanto por el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos y regionalmente a través del Sistema Interamericano de Protección y Defensa de estos.

 

México ha suscrito Tratados Internacionales en materia de protección internacional de Derechos Humanos, en los cuales tiene el compromiso ante las instancias internacionales de promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos.

 

En cuanto al derecho positivo mexicano, las diversas modificaciones y/o reformas a la Carta Magna y al ordenamiento jurídico interno  han dado lugar a que se  establezcan los parámetros necesarios de regulación y protección para la observancia y seguimiento de los derechos humanos en las poblaciones indígenas mexicanas, estas reformas fueron en parte producto de las tres recomendaciones generales de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (en adelante CNDH) a saber: a) Rec. 27/2016 sobre el derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas de la República Mexicana, b) Rec. 35/2019 sobre la protección del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas de la República Mexicana y c) Rec. 36/2019 sobre la situación de la población jornalera agrícola en México.

 

Estos instrumentos legales internacionales y nacionales, constituyen un clúster de referencias jurídicas que cimentan el objetivo y ubican la especificidad de la presente investigación académica.

 

El título “Los pueblos indígenas de México como grupos étnicos vulnerables: Un enfoque a partir de las Relaciones Internacionales, la Política Internacional y los Derechos Humanos” intenta abarcar de forma integral las aristas de la materia y sustentar la relevancia del tema de manera introductoria, a su vez se definirán los conceptos centrales que sean apremiantes para comprender el desarrollo de la política internacional de los derechos humanos y cómo esa relación  establecida entre el Estado, la sociedad y el derecho, ha servido en lucha para el establecimiento y ejecución de políticas públicas holísticas para la observancia de los derechos humanos de los pueblos indígenas en México, cuya finalidad está aunada al cumplimiento de  la agenda global que se ha establecido en beneficio de estos grupos étnicos en vulnerabilidad.

 

Resulta de importancia abordar los temas inherentes a las Relaciones Internacionales, a la Política Internacional y a la Política Exterior del Estado mexicano, ello con la finalidad de poder crear un marco de referencia sobre lo que las mismas son y representan en el estudio o el abordaje de la situación de los pueblos originarios o de las comunidades indígenas.

 

Por otro lado, la historiografía mexicana referente al tema de los derechos humanos tardó en desarrollarse debido al propio sistema político que existía en México caracterizado por la centralización férrea que mantenía y los actos de represión[1] que se dirigían hacia los movimientos de lucha y de reivindicación social. Prueba de ello, fue el movimiento estudiantil de 1968, duramente reprimido y que generó más de 300 muertes.

 

La masacre fue cometida por el Ejército Mexicano y el grupo paramilitar Batallón Olimpia en contra de una manifestación pacífica (CNDH, Matanza de Tlatelolco, s.f.). Las muertes perpetradas por el poder del Estado, entrañaba también la ejecución del artículo 145 del Código Penal Federal (disolución social) como un arma del régimen autoritario.

 

Es de anotar que, durante las dos décadas siguientes, poco o casi nada se trabajó en materia de derechos humanos, ya que no resultaba una prioridad para los gobiernos priistas que se sucedieron en el poder. En términos generales la política exterior esgrimida por los gobernantes de turno fue fundamentada en el principio de no intervención con el objeto de evitar a toda costa la injerencia de organizaciones internacionales en materia de derechos humanos en sus asuntos y lo que era aún peor, que pudiesen opinar sobre la situación alarmante en materia del respeto a la dignidad de las personas y en lo concerniente a los derechos fundamentales. 

 

En la década de los noventa e inicios del nuevo milenio, durante los sexenios de los panistas[2] Vicente Fox[3] y de Felipe Calderón[4], el tema respecto a los derechos humanos va a tomar fuerza y se va a iniciar una política de mayor protección de cara a los mismos; aunado a los cambios constitucionales que se irán gestando debido al predominio y los alcances del Derecho Internacional en materia de derechos humanos.

  

Metodología

Con el fin de lograr estos objetivos, se plantea una metodología en la cual se realizó una revisión bibliográfica y documental de la investigación cualitativa para este trabajo, utilizando fuentes confiables. De acuerdo con Hernández Sampieri et al. (2014), un estudio cualitativo se distingue, entre otros aspectos, por investigar el objeto de estudio dentro de su contexto y circunstancias. En el caso de los pueblos indígenas de México como grupos étnicos vulnerables, así como de cualquier otro grupo humano, no pueden ser abordados de forma abstracta y separada, sino en sus relaciones históricas, políticas y sociales con otros grupos sociales.

Por su parte, el estudio documental hace referencia a una técnica integral de investigación que no se define únicamente por el formato y naturaleza de las fuentes de información, sino que también plantea la forma en que la información documental debe ser abordada, a través de varios pasos que incluyen la búsqueda de información, su organización de acuerdo con las categorías principales de la investigación (pueblos indígenas mexicanos, relaciones internacionales, política internacional y derechos humanos, en el caso de ésta), la selección de las fuentes más pertinentes y su incorporación en el estudio a través de la síntesis (Peña Vera, 2022).

De esta forma centraremos nuestro estudio en la evolución y desarrollo en la protección y promoción de los Derechos Humanos en México y en su entorno Internacional; seguido por una descripción de los pueblos indígenas como grupos étnicos vulnerables; revisando a la vez en la Agenda 2030 los temas inherentes a los pueblos indígenas y por último se esbozan conclusiones conforme a los hallazgos identificados.

 

Desarrollo temático

Evolución y desarrollo en la protección y promoción de los Derechos Humanos en el Estado Mexicano y su entorno Internacional.

 

Con la transformación del Estado-Nación, los procesos globales[5], los nuevos enfoques de las Relaciones Internacionales (en adelante RI), el surgimiento de la sociedad civil internacional, la crisis del modelo capitalista neoliberal, el carácter plurinacional y pluricultural del Estado-Nación (Fuentes, 2017), han provocado que el Estado se convierta en un ente cambiante. Así sigue siendo el objeto de estudio de las RI, aunado además a esa sociedad internacional, compuesta también de los OIG, las empresas transnacionales globales, las agencias financieras, las ONG’s, guerrillas y del propio individuo; situándose hoy, los pueblos originarios, como actores de las RI.

 

Dicho lo anterior, toca entender que el enfoque ontológico y la epistemología de los derechos humanos como no exclusiva del mundo jurídico (Llatas, s.f.), con la aceptación e incorporación de muchas otras áreas y por ende de expertos (Relaciones Internacionales, Sociología, Antropología, Historia, etc.) ha sido importante para el desarrollo y avance de estos de una manera interdisciplinaria y de enfoque multiprofesional, que centra como único parámetro y foco el respeto por la dignidad humana.

 

Con los cambios sufridos en el sistema internacional y la existencia de nuevos actores de las RI[6], la política internacional como parte de las relaciones internacionales, tiene como rol acompañar la agenda internacional de los Estados, fortalecer las acciones multilaterales que se generen, incrementar las relaciones bilaterales, propiciar el intercambio y las sinergias necesarias. De esta manera podemos vincular la política internacional con los derechos humanos y por ende con cada uno de los Estados.  La política exterior[7] en materia de derechos humanos es el conjunto de decisiones, acciones, objetivos, estrategias, medidas y posiciones que adoptan los Estados más allá de sus fronteras[8].

 

Con el fin de promover y proteger los derechos humanos en el plano global, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), se desarrollaría.  Este contiene instrumentos internacionales imprescindibles (tratados en materia de derechos humanos)[9], establece las obligaciones que deben respetar los Estados (pacta sunt servanda[10]) y en su desarrollo se ha consolidado en el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y los Sistemas Regionales de Protección de los Derechos Humanos (Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos/OEA).

 

Los derechos humanos se sitúan en todo el Sistema de las Naciones Unidas[11] como tema transversal para todas las políticas y los programas que se lleven a cabo dentro de áreas como el desarrollo, la paz y la seguridad, la asistencia humanitaria, asuntos económicos y sociales (Humanos, 2021) y el avance del mismo, y lo que ello implica, está sujeto a los Estados en el ejercicio de su potestad soberana a través del reconocimiento y defensa de los derechos humanos  y de las garantías procesales. En los Estados en la cual se han ratificado los diversos tratados e instrumentos en materia de derecho humanos, se ha vuelto imperativo la inclusión en los ordenamientos jurídicos internos y han sido adicionados a la política exterior de los Estados, es decir, cumpliendo con la política internacional.

 

El desarrollo de la política internacional en el área de los derechos Humanos respecto a los cambios de conceptualización e implementación desde la Guerra Fría a la Globalización, experimentados en la sociedad internacional[12], que constituyeron en muchas ocasiones grandes violaciones a los derechos humanos en el ámbito internacional y significaron la reconfiguración de estas disciplinas.

 

En el caso preciso del Estado mexicano, vemos como producto de esos supra citados cambios que se gestaban, configurando un nuevo orden mundial, la creación de una corte penal[13] con carácter permanente a nivel universal, la ratificación a nivel regional del Pacto de San José, fueron entre otros factores externos, lo que va a influir tanto en el ordenamiento jurídico interno y como en materia de política exterior (nuevos objetivos). En este marco, desde finales del siglo XX y los albores del XXI, el tema sobre derechos humanos adquiere gran fuerza.

 

Significaba un gran reto para México, poder alinearse bajo estos estándares internacionales cuando por más de 70 años el PRI restringía la promoción de los derechos humanos tanto a nivel local (nacional) como internacional, ejerciendo el poder para dirigir al Estado y a sus gobernados de manera centralizada y represiva contra movimientos sociales. Señala Rafael Velásquez Flores que evitaba la promoción de los derechos humanos en el ámbito global para impedir que otros actores externos intervinieran en los asuntos del país y que, bajo el argumento del principio de política exterior de no intervención, se imposibilitaba la presencia de organismos promotores de derechos humanos en el territorio nacional (Velásquez, 2017).

 

En este escenario tendríamos que preguntarnos de qué manera México inicia la promoción y protección de los derechos humanos a nivel nacional e internacional. Esos cambios (factores externos) que señalamos anteriormente, significaron el inicio de las transformaciones, aunado a las presiones que desde afuera se generaban tanto por las organizaciones internacionales globales, caso de la ONU y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE), las regionales como la Organización de Estados Americanos (OEA), organismos internacionales y ONG’s en representación de la propia sociedad civil.

 

El movimiento estudiantil de octubre de 1968[14], reprimido y masacrado por las autoridades mexicanas, sentó las bases para que a pesar de querer callar lo que había sucedido por parte del gobierno, la sociedad exigiera mayores libertades y mejores condiciones de vida, reflejado en los seis puntos que demandaba el referido movimiento debido a los actos violatorios de derechos humanos. En estos puntos se exigía la libertad de todos los presos políticos, la derogación del artículo 145 del Código Penal Federal (que contemplaba la llamada “disolución social”), la desaparición del cuerpo de granaderos[15], la destitución de los jefes policíacos (Luis Cueto, Raúl Mendiolea y A. Frías), la indemnización a los familiares de todos los muertos y heridos, y el deslindamiento de responsabilidades de los funcionarios culpables de los hechos sangrientos.

 

En las décadas de los setenta y ochenta, México vivió una grave crisis económica y violaciones a los derechos humanos. Podemos citar como ejemplo que, a finales de 1999, se realizó un balance de las acciones emprendidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en torno al Programa Especial sobre Presuntos Desaparecidos. También se solicitó y se obtuvo la colaboración de diversas Comisiones Estatales de Derechos Humanos. Se recibieron 532 expedientes de quejas sobre desapariciones forzadas de personas, lo que permitió a la CNDH emitir sus recomendaciones. (CNDH, Recomendación 026/2001, 2001).

 

Los cambios que se gestaron en el escenario internacional generaron a partir de la década de los 90 (final de la Guerra Fría, el inicio de la unipolaridad militar y de la multipolaridad económica) que otros temas (urgentes) estén en las agendas de los Estados, destacando la lucha contra el terrorismo, el narcotráfico, el crimen organizado, el calentamiento global y el cambio climático, la pobreza, la protección y defensa de los derechos humanos, etc. y a partir de aquí estos temas estarían integrados en los objetivos de la política exterior de México.

 

Durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari[16] se creó la figura de la CNDH[17], el 06 de junio de 1990 (y su última reforma el 25 de junio de 2018)[18] con el objeto de promover y vigilar que las instituciones gubernamentales cumplieran con sus obligaciones de defender y respetar los derechos humanos constituyéndose como un Organismo autónomo de la Secretaría de Gobernación.

 

Hay quienes señalan que la CNDH fue una respuesta a los constantes abusos de las autoridades y luego del asesinato de la activista Norma Corona, quien había documentado abusos cometidos por la Policía Judicial (Aguilar, 2019).

 

Sería hasta el año 1999, que la CNDH tendría su autonomía como un Ombudsman colegiado. Varios autores mexicanos  esgrimieron que una de las causas directas que tuvo Salinas de Gortari para la constitución de la CNDH habría sido la presión que se daba a nivel internacional por el respeto a los derechos humanos y el afán de ser bien vistos por los Estados Unidos de América, la Unión Europea para la consolidación de la firma y la ratificación por parte del Senado del Tratado de Libre Comercio (TLCAN)[19] y del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea (TLCUEM), además de lo que significó para México haber ingresado a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)[20]. 

 

Señala Acosta  que durante la administración de Ernesto Zedillo[21] hubo algunos avances y muchos desaciertos como podemos mencionar la campaña de amenazas y acoso contra los defensores de derechos humanos, la guerra de baja intensidad que se desarrolló en Chiapas y sus repercusiones en otras regiones del país, los homicidios y matanzas en el estado de Guerrero, el amago y los secuestros de periodistas críticos, el acoso militar en las comunidades indígenas, la impunidad que prevaleció en la mayoría de los casos de violación a los derechos humanos y las reformas penales que pusieron en riesgo el régimen de garantías individuales en México (Acosta, 1997).

 

El Centro Prodh reportó que durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari y los dos primeros años de Ernesto Zedillo[22], el tratamiento dado al reclamo democrático de los movimientos sociales y de los sectores críticos y de oposición al gobierno estuvieron fuertemente permeados por la intolerancia y por un extremo autoritarismo.

 

Por otro lado, se situaba el tema de las desaparecidas de Ciudad Juárez[23] y la violación a los derechos humanos en niveles inimaginables. Ni que decir de las matanzas de Acteal[24] (22 de diciembre de 1997, Municipio de Chenalhó, Chiapas), Aguas Blancas[25] (28 de junio de 1995, Guerrero, Sierra del Sur), El Charco[26] (7 de junio de 1998, Municipio de Ayutla). La incapacidad, la corrupción, las complicidades y la falta de voluntad colocaron a México en niveles inimaginable de violaciones a derechos humanos, violencia, falta de justicia e impunidad.

 

Entre los logros alcanzados podemos mencionar las medidas que se van a generar para evitar fraudes electorales, se aceptaron observadores externos para los torneos electorales, participación de relatores de organizaciones internacionales en materia de derechos humanos y se reconoció el triunfo del Partido de Acción Nacional (PAN) en las elecciones tanto para diputados federales como para las presidenciales.

 

Con la llegada a la presidencia de Vicente Fox[27],  se ponía fin a siete décadas de dominación priista (partido único), lo que conllevó a cambios sustanciales que eran exigidos por el pueblo mexicano en asuntos de transparencia[28] y de rendición de cuentas[29], con el objeto de poner fin a ese legado de autoritarismo enquistado en la sociedad. Siguiendo esos estándares de la política internacional en su Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, planteó como objetivo prioritario el tema de los derechos humanos.

 

Así implementaron cambios sustanciales en la política exterior, que se vieron reflejados en sus políticas públicas, y un ejemplo de ello fue la revisión al principio de no injerencia en los asuntos internos de los estados[30]. Rechazaba de plano la política exterior que por décadas habían seguido sus antecesores. Esto ya podríamos establecerlo como un logro de la administración Fox, desde la observancia y práctica en materia de los derechos humanos en la región, a la vez que se comprometió y colaboró  en las más elevadas esferas internacionales (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos) para evaluar y mejorar las prácticas en materia de derechos humanos, compromiso que caló profundamente cuando en foros multilaterales  México no invocaría la soberanía nacional para limitar la observancia internacional de los derechos humanos, ya que reconocían que estos son valores universales y absolutos (Watch, 2006).

 

México presidió el recién creado Consejo de Derechos Humanos de la ONU y la presión internacional condicionó cambios en las políticas públicas y de la política exterior, a través de la observancia, lo que generó que se abrieran caminos importantes a demandas locales y nacionales de los mexicanos.

 

El eco respecto al caso de Ciudad Juárez y ante la mirada de las diversas organizaciones e instancias[31], presionaban a las autoridades nacionales para que no se hicieran los desentendidos y obligarles a actuar. En el 2003, Fox creó la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez y gestionó para que el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) identificara los cuerpos de las mujeres asesinadas.

 

Para el 2004, el EAAF elaboró informe sobre las falencias de la investigación para identificar los cuerpos de las mujeres asesinadas. Durante el 2006, el EAAF obtuvo muestras de ADN de 60 cuerpos y de 125 familiares de los cuales identificaron 13 cuerpos (Watch, 2006). Ese mismo año, se creó la Fiscalía Especial para la atención de los delitos Relacionados con los Homicidios de Mujeres en el Municipio de Juárez, Chihuahua.

 

Durante este sexenio, el 4 de mayo de 2001, la represión contra los pobladores de San Salvador Atenco, quienes se oponían al desalojo de un grupo de floricultores para construir un Walmart. El saldo fue de dos muertos y más de doscientas (200) personas detenidas, se reportaron casos de torturas y vejaciones. Se les mantuvo incomunicados y las mujeres fueron violadas.

 

El 19 de octubre de 2002, se producía el asesinato de la defensora de derechos humanos: Digna Ochoa, quien había responsabilizado al Ejército mediante una videograbación de lo que a ella y a su familia le ocurriese. En San Salvador Atenco, el 2 de mayo de 2006, siendo Enrique Peña Nieto, gobernador en el Estado de México, ante las reclamaciones de los integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT), pidió la intervención federal (1815 elementos de la Agencia de Seguridad Estatal y 700 de la Policía Federal Preventiva) para romper el bloqueo con exceso de violencia. La CNDH señaló que hubo detención arbitraria, trato cruel, violación a la libertad sexual, allanamiento de morada, tortura, violación de los derechos de los menores, violación a los derechos a la legalidad y a la seguridad jurídica, retención ilegal. Fue el periodo con menos recomendaciones emitidas por la CNDH, con 149 autoridades señaladas (Olivares, 2018).

 

El sexenio de Felipe Calderón[32] entre 2006-2012, continuó con una política de apertura, en el cual adquirieron compromisos debido a la celebración y ratificación de acuerdos y tratados internacionales vinculantes. Como un ejemplo de ello, podemos mencionar que entre el 2007 y el 2011 se produjo la firma y posterior ratificación de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas Contra la Desaparición Forzada (Anaya, Política Exterior y Derechos Humanos durante el gobierno de Felipe Calderón, s.f.). Además que a través de acto reformatorio de la constitución, el artículo 89, fracción X,  contenía como innovación siete (7) principios tradicionales de las relaciones exteriores: la no intervención, la autodeterminación de los pueblos, la igualdad jurídica de los Estados, la solución pacífica de las controversias, la cooperación internacional para el desarrollo, la proscripción de amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.

 

Señala Olivares que la lucha contra el crimen organizado con el uso de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública -como parte de la estrategia- representó la iniciativa que más derechos humanos ha violado, pues la CNDH realizó recomendaciones a 350 autoridades federales (Olivares, 2018).

 

Entre el 16 y 21 de mayo de 2007, en Cadereyta, Nuevo León, durante el sexenio de Calderón, en medio de las negociaciones que significaba la privatización de PEMEX, se dio el secuestro y desaparición de 38 trabajadores petroleros que luchaban por un aumento salarial y rechazaban la venta de la petrolera.  En este contexto, apunta Martínez, que se van a dar otros casos similares, de los que podemos mencionar los dieciséis (16) secuestros desde 2007 (nueve (9) en Tamaulipas, dos (2) en Campeche, dos (2) Veracruz y dos (2) Tabasco y uno (1) en Nuevo León). Para el 2010, se escenificaron secuestros a 10 petroleros, uno (1) en 2009 y dos (2) en 2008 (Martínez, 2013). Cabe mencionar que a la fecha no se conoce el paradero de estas personas.

 

Para Olivares, la reforma constitucional en materia de derechos humanos, del 10 de junio de 2011, estableció la obligación de todos los servidores públicos a responder a las recomendaciones del Ombudsman, y cuando no fueran aceptadas o cumplidas, se debería fundar, motivar y publicar dicha negativa, y en ocasiones, si así lo demandara la CNDH, el Senado, la Comisión Permanente y los congresos locales podrían hacer comparecer a los funcionarios responsables para que expliquen los motivos de su negativa (Olivares, 2018).

 

La lucha por los derechos humanos continuaba. Se hicieron reformas con el fin de que se incorporaran los derechos humanos de los tratados internacionales como derechos constitucionales, aí señalados en el artículo 1 de la Constitución. Por otro lado, se exigía de que las autoridades se guiaran a través del  principio pro persona cuando apliquen normas de derechos humanos, con el objeto de que se aplicara e interpretara  la norma  más favorable a la persona;  la obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna, de cumplir con cuatro obligaciones específicas: promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

 

La administración de Enrique Peña Nieto[33], retornó el PRI al poder luego de dos sexenios panistas. México participaba de los foros internacionales sobre derechos humanos y mantuvo la invitación a los organismos internacionales para que visitaran el país y así emitieron informes sobre la situación de derechos humanos. No obstante, en el período entre 2013 y 2017, la CorteIDH emitió (cuatro) sentencias condenatorias contra el Estado mexicano. 

 

Para Olivares, la administración Peña Nieto fue la segunda gestión federal en la que más se violentaron las garantías ciudadanas. Por citar ejemplo, durante los primeros cinco (5) años de su administración, 257 autoridades recibieron exhortos por violaciones a los derechos humanos (Olivares, 2018). Entre los años 2012 y 2015 se dio la represión violenta contra 28 manifestaciones en la Ciudad de México (Flores, 2021). Más de 504 detenidos arbitrariamente acusados de ‘ataques a la paz pública y ultrajes a la autoridad, muchos de ellos sentenciados y mantenidos en prisión por casi 5 años.

 

El 30 de junio de 2014, se dio la matanza de Tlatlaya, Estado de México, en la cual entre 12 y 22 civiles fueron asesinados por militares en San Pedro Limón, tras un enfrentamiento. Otro caso que se recuerda es el de Aquila, ocurrido el 19 de julio de 2015, cuando elementos del Ejército Mexicano reprimieron bloqueos en varios puntos de una carretera en Santa María Ostula, lo que dejó como saldo un (1) niño asesinado y diez (10) personas heridas.

 

El 19 de junio de 2016,  en la comunidad de Asunción Nochixtlán en Oaxaca, policías federales desalojaron a profesores y padres de familia que protestaban ante las reformas educativas implementadas por el gobierno. Este desalojo provocó seis (6) muertos y ciento ocho (108) heridos, de acuerdo con las cifras de la Comisión Nacional de Seguridad.

 

En septiembre del 2014, estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa en Guerrero fueron atacados por las fuerzas de seguridad, las mismas que debían protegerles. El resultado del ataque fue una de las grandes tragedias: seis (6) personas fueron asesinadas, decenas fueron heridas, y cuarenta y tres (43) estudiantes fueron sujetos de desaparición forzada, desconociendo aún su paradero. Amnistía Internacional ha señalado que dejó como legado una de las peores crisis de derechos humanos en todo el hemisferio. Un legado compartido y fruto de un cúmulo de fracasos y malas decisiones de su gobierno y de los que lo antecedieron[34] (Internacional, 2018).

 

El país estaba en una situación muy complicada, en gran medida por la ausencia de políticas públicas que privilegiaran los compromisos internacionales y la falta de rumbo en materia de seguridad pública, con autoridades policiacas corrompidas por el crimen organizado y autoridades militares y de la marina que no mostraron respeto de todos los protocolos existentes, siendo parte de violaciones a los derechos humanos. Por ejemplo, Human Rights Watch, señala que “miembros de las fuerzas de seguridad han estado implicados en graves y reiteradas violaciones de derechos humanos –incluidas ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, y tortura– en el marco de acciones contra el crimen organizado” (HRW 2018).

 

Andrés Manuel López Obrador[35] inició su período el 1 de diciembre de 2018, con grandes expectativas por una parte importante de la población que brindó su confianza a través del ejercicio democrático del sufragio. En esta atmósfera de cambio, organizaciones internacionales en materia de derechos humanos realizaron una serie de recomendaciones. Por ejemplo, Amnistía Internacional recomendó trabajar para una sociedad segura y el estado de derecho; fortalecer la procuración de justicia; la lucha de violencia de género contra la mujer y las niñas; personas defensoras de los derechos humanos; migración y refugio; derechos de los pueblos indígenas y la política exterior en materia de derechos humanos.

 

Sin embargo, la crisis de los derechos humanos continúa en México. En lo que va del sexenio de López Obrador van más de 20,000 desaparecidos, política migratoria contraria a los derechos humanos; las agresiones que se han dado en estados como Quintana Roo, Guanajuato, Jalisco o Tamaulipas, en la cual integrantes del Ejército, de la Guardia Nacional y policías tanto estatales como municipales siguen utilizando el uso de la fuerza de manera letal. Bajo la percepción de muchos, la impunidad sigue dándose ya que las autoridades (fiscalía general) no han esclarecidos los casos del incendio de la guardería ABC, la matanza de Tlatlaya, la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, el espionaje de Pegasus, etc.

 

En materia indigenista, López Obrador creó el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI). Muchos consideran que en la actualidad la CNDH va en retroceso, recordando la toma de las instalaciones por mujeres activistas y familiares de víctimas de violencia es un reflejo más del muy limitado impacto tanto de éste como de los organismos estatales de defensa de los derechos humanos.

 

Estableciendo algunos rasgos fundamentales de las administraciones de gobiernos del Estado mexicano en los diferentes sexenios, a partir de los cambios sustanciales internacionales que coadyuvaron a que se iniciaran avances a lo interno del país, queremos realizar o plantear como se desarrolla la relación Estado-sociedad-derecho en la cual se garanticen los derechos humanos. Queda claro que a pesar de los esfuerzos en política exterior y en el ordenamiento jurídico interno, se hace necesarios que las personas naturales o jurídicas conozcan sus derechos para poder reclamarlos cuando los mismos sean violentados por las autoridades del Estado.

 

Son los Estados los que se obligan o vinculan en función de ese Derecho Internacional que hemos venido desarrollando y que busca respetar, proteger y promover los derechos humanos, por lo que estos no pueden interferir ni limitarlos. La sociedad es cambiante, dinámica y debe estar informada y preparada, es decir, debe conocer los instrumentos internacionales con los cuales se les garantizan derechos humanos y/o fundamentales para que los mismos sean garantizados y sostenidos en el tiempo. Con base a ello, las autoridades, deberán informar y educar sobre los derechos humanos, desarrollar valores y tomar las medidas pertinentes para defenderlos, esto con el firme propósito de proteger la dignidad de todos los individuos y todas las individuas (hombres y mujeres) y que cada uno de nosotros y nosotras podamos vivir en sociedad, relacionándonos con el Estado, cumpliendo con nuestras obligaciones y que este cumpla las suyas, en esa relación sinérgica.

 

 Los pueblos indígenas de México como grupos étnicos vulnerables.

 

En este momento debemos preguntarnos con base a lo señalado anteriormente: ¿Qué hace el Estado, la sociedad, el individuo y el Derecho como ciencia, para contribuir al desarrollo de esa relación sinérgica y para seguir reconociéndole a los pueblos originarios y/o indígenas, sus derechos? a sabiendas que están los instrumentos vinculantes,  que se han emitido a nivel nacional e internacional, las diversas recomendaciones, la jurisprudencia de la Corte IDH y de la CNDH, incluso la disponibilidad de  manuales de buenas prácticas sobre derechos humanos.

 

El Estado debe cumplir con su rol dentro de los fundamentos de su política local, nacional y exterior. Para ello, debe diseñar y desarrollar las políticas públicas de interés social particularmente enfocadas hacia grupos étnicos vulnerables y orientadas a la generación de proyectos de impacto en estas áreas de protección y promoción de los derechos humanos.

 

 En este contexto, abordaremos el tema referente a las comunidades indígenas en el Estado mexicano y resaltando que durante los sexenios que revisamos (su política en materia de derechos humanos), los enfoques no fueron dirigidos hacia estos sectores con soluciones duraderas. No obstante, los graves escollos estructurales del propio Estado mexicano aunado a otros problemas (como el narcotráfico, el crimen organizado, etc.) han puesto en una olla de presión a temática de las comunidades y pueblos indígenas.

 

El pueblo (del latín populus) es un conjunto de personas que se consideran de un grupo social particular, es decir, de un mismo grupo étnico o de una misma nación en una región, en la cual estas personas constituyen una comunidad que comparte una cultura similar, pero también se puede entender como el lugar físico sobre el cual se establecen y en la cual no existen privilegios de raza, sexualidad, religión, estatus económico o social.

 

A través de los instrumentos internacionales -infra descritos-, en materia de poblaciones indígenas[36]- las reformas suscitadas en 2011 otorgaron primacía a los Tratados internacionales en materia de derechos humanos y a la Constitución de la república. Así también en el artículo 1 constitucional, los derechos de los pueblos y personas indígenas se fortalecen, a la vez que se establece el derecho a la no discriminación por motivos de origen étnico o nacional, se dispone que todas las personas gocen de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, con el reconocimiento de las garantías para su protección.

 

En el artículo 2 constitucional de 2001 señala que en México existe una composición pluricultural que se sustenta en sus pueblos indígenas, es decir los que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas; definiendo que son comunidades integrantes de un pueblo indígena “aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres”.

 

Tanto los instrumentos internacionales, a través del desarrollo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como la propia Constitución, consagran los derechos fundamentales los cuales  han ampliado nuestra visión en la protección y defensa de las poblaciones originarias, respetando los principios básicos como la universalidad, la interdependencia, la progresividad y la indivisibilidad de estos; a la vez que conociendo, esgrimiendo, internalizando y reconociendo las poblaciones indígenas, para poder ir avanzando.

 

En importante tener presente los instrumentos nacionales e internacionales que México ha suscrito en el ámbito de proteger y promover los derechos de los grupos indígenas, entre los que podemos mencionar:

 

 

Instrumentos nacionales:

1.      Constitución Política en su artículo 2° reconoce y garantiza los derechos de los pueblos y las comunidades originarias a la libre determinación y a su autonomía, en la cual se preserve sus tradiciones, costumbres y cultura. También establece el acceso a la propiedad y a la tenencia de la tierra y a los recursos naturales.

2.      La Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) que tiene como finalidad promover la igualdad de oportunidades y determinar políticas públicas en colaboración con los pueblos indígenas.

3.      La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas que protege y promueve el uso y desarrollo de las lenguas indígenas garantizando su preservación y fomentando la educación bilingüe e intercultural.

 

Instrumentos internacionales:

1.      La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007) que reconoce los derechos básicos de los pueblos indígenas como la libre determinación, la igualdad, la no discriminación, la integridad cultural, la tierra, el territorio, los recursos naturales, el autogobierno y el consentimiento previo, libre e informado.

2.      El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes No.169 (1989) considerado un tratado avanzado, dedicado a la promoción de los derechos de los pueblos indígenas. Aborda los temas relacionados con la admisnitración de justicia y el derecho consuetudinario indígena, el derecho a la consulta y a la participación, el derecho a la tierra, territorio y recursos naturales; derechos sociales y laborales; educación bilingüe y cooperación transfronteriza. Importante hay que señalar que en el caso que nos ocupa, México firmó el Convenio 169 en 1990, y en 1992 el país se reconoció como una nación pluricultural que ello fue el resultado de la reforma constitucional al artículo2.

3.      El Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (1966) en el cual el Comité de Derechos Humanos emitió disposiciones en el contexto específico de los pueblos indígenas incluyendo el derecho a la libre determinación y los derechos de las minorías nacionales, étnicas y lingüísticas.

4.      El Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) en el cual el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es el responsable de supervisar la implementación del Pacto, aplicando en el contexto de los pueblos indígenas el derecho a la vivienda, el derecho a la alimentación, el derecho a la educación, el derecho a la salud, el derecho al agua y los derechos de propiedad intelectual.

 

Dicho lo anterior, conlleva a que podamos explicar de una manera atinada que la defensa de los derechos humanos en México se realiza por dos vías reconocidas:

 

1.      La vía jurisdiccional:

En México en la vía jurisdiccional, las autoridades ven y analizan las demandas que se presenten por presuntas violaciones a los derechos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo órgano que se encarga de dirimir en materia de derechos humanos, teniendo en consideración que la Constitución mexicana establece tres medios de defensa: el juicio de amparo[37], las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales. A través de estos medios jurisdiccionales se protegen los derechos fundamentales.

 

 

 

2.      La vía no jurisdiccional:

Esta otra vía, la no jurisdiccional, es la que les brinda protección a los individuos en materia de derechos humanos a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y por otra parte las Comisiones de Derechos Humanos de las 32 entidades federativas.

 

El Sistema de Protección No Jurisdiccional de México, es considerado el más grande del mundo, formado por otras instituciones especializadas, que se encargan de la protección de los derechos humanos, entre las que podemos mencionar la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la Procuraduría Agraria, la Procuraduría Federal del Medio Ambiente, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; que se encargan de realizar la promoción, difusión y divulgación de la protección a los derechos humanos.

 

Así la figura del Ombudsman, (sin posean autonomía autonomía); aunado con las treinta y tres (33) instancias (treinta y un (31) estados de la Federación, un (1) la Ciudad de México -antes Distrito Federal- y la CNDH), conforman la red denominada Sistema de Protección No Jurisdiccional.

 

La CNDH como sujeto legitimado tiene entre sus facultades presentar controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación[38], a la vez ejerce competencia en asuntos laborales debido a la introducción de la cláusula antidiscriminación; sobre el acoso laboral mejor conocido como “mobbing”; de facultad investigadora de violaciones graves a derechos humanos.

 

Estas instancias -jurisdiccionales y no jurisdiccionales- constituyen un apoyo muy importante en la obligación de protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos que todo Estado constitucional y democrático tiene que garantizar. 

 

 

Situación de los indígenas

Los Estados Unidos Mexicanos, un país de gran tamaño, con una extensión territorial en la actualidad de 1,964,375 km2 (de los cuales 1,959,248 km2 son superficie continental y 5,127 km2 son superficie insular) y según los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en el último censo de 2020, la población total en México fue de 126,014,024 habitantes[39], de los cuales la población total en hogares indígenas se calculó según la data en  11,800,247 personas, lo que equivale a 9.4 % de la población total del país; 51.1 % de la población en hogares indígenas eran mujeres y 48.9 %, hombres. La relación entre hombres y mujeres indicó que había más mujeres que hombres (96 hombres por cada 100 mujeres). El cociente nacional era de 95 hombres por cada 100 mujeres (INEGI, 2022).

 

Otro dato curioso en México es que son 68 pueblos indígenas los que habitan el territorio y cada uno de ellos habla una lengua originaria propia que a su vez están organizadas en 11 familias lingüísticas y se derivan 364 variantes dialectales (IWGIA, 2020).   Según los datos proporcionados por el propio INEGI, las unidades federativas que contienen la mayor cantidad de población indígenas son Oaxaca, Chiapas, Yucatán, Guerrero y Veracruz. A su vez los Estados con mayor porcentaje de población hablante de lengua indígena fueron: Oaxaca (31.2 %), Chiapas (28.2 %), Yucatán (23.7 %) y Guerrero (15.5 %).

 

De importancia hay que señalar que México es Estado parte del Convenio 169 de la OIT a la vez que constitucionalmente hablando es una nación pluricultural, las comunidades indígenas siguen siendo las más vulnerables ante la situación de desigualdad. Los datos aportados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), hacen referencia que el 69.5% de la población indígena, 8.4 millones de personas, experimenta una situación de pobreza, y el 27.9%, 3.4 millones de personas, de pobreza extrema. Por otro lado, se señala que el 43% de los hablantes de alguna lengua indígena no concluyeron la educación primaria, mientras que el 55.2% se desempeña en trabajos manuales de baja calificación (IWGIA, 2020).

 

En referencia a la situación de la mujer indígena, según el INEGI (Censo 2020), podemos señalar los apuntamientos realizados por el Consejo Nacional de Población (CONAPO) expresó:

a)      Habitaban cerca de 6.4 millones de mujeres, lo que indica que, una de cada diez (9.9%) mujeres en el país pertenecía a un hogar indígena.

b)      Las mujeres hablantes de lengua indígena tenían en promedio 2.85 hijas(os) y las mujeres en hogares indígenas, 2.51 hijas(os).

c)      El 5.8% de las mujeres en hogares indígenas tenía alguna discapacidad y/o condición mental.

d)     El 20% de las mujeres de 15 años y más residentes en hogares indígenas no sabía leer ni escribir.

e)      El 8.6% de las mujeres de 6 a 14 años en hogares indígenas no asistía a la escuela 

f)       El 42% de las mujeres de 25 años y más en hogares indígenas no había concluido ningún nivel educativo (el 20.6% terminó la primaria, el 20.6% contaba con secundaria; el 10.6% había finalizado algún nivel de educación media superior y sólo 6.2% contaba con educación superior).

g)      El 21.3% de las mujeres en hogares indígenas no contaba con afiliación a ningún servicio de salud.

h)      El 32.0% de las mujeres en los hogares indígenas de 15 años y más se encontraba económicamente activa, en contraste, el 76.2% por ciento de los hombres.  

i)       La principal ocupación de las mujeres indígenas se sitúa como trabajadoras en actividades elementales y de apoyo (27.2% eran vendedoras ambulantes, trabajadoras domésticas o trabajadoras de apoyo en actividades agropecuarias y en otros sectores)

j)       Sólo el 11.5% eran profesionista o técnicas. Solo el 1.1% eran funcionarias, directoras o jefas (Población, 2023).

 

Los pueblos indígenas en México son uno de los sectores que demanda mayor atención para su desarrollo económico, político, social y cultural; un trato digno y sin discriminación. Las comunidades originarias siguen siendo las más vulnerables ante la desigualdad y la pobreza por ello urgen acciones y políticas públicas holísticas que se enmarquen en las diversas recomendaciones que se han realizado a través de las organizaciones y organismos internacionales (plano internacional) y a nivel de la CNDH (plano nacional). Lo cierto es que estas acciones deben ser asertivas y dentro de los enfoques de derechos humanos, de género y dentro de los parámetros de la interculturalidad.

 

Entender el interculturalismo como la interacción entre grupos y personas que pertenecen a culturas distinta, basadas en el respeto, en condiciones de igualdad, aceptando que todos gocemos de dignidad, su valor individual sea reconocido y aceptando también que el otro es diferente, tiene derecho a su diversidad.  Con ello, estaremos caminando por los senderos fortalecidos de las democracias, a través del pluralismo y de esa manera poder seguir construyendo sociedades fuertes. La democracia supone el respeto, la justicia, el combate contra la discriminación y el racismo. Resulta imprescindible educar dentro de la interculturalidad para crear más conciencia y construir una verdadera democracia.

 

La vulnerabilidad de los grupos indígenas se perpetúa cuando no se les toma en cuenta en las decisiones del Estado, lo que estaría violentando primero la convivencia en paz con los diversos pueblos, cuando no se respeta sus modos de vidas, su cosmovisión y lo que es aún peor no se le reconoce sus derechos.  En muchas ocasiones las intransigencias de los gobiernos o la no comprensión de la dinámica de comportamiento y vida de los pueblos indígenas, crean crisis que han conducido al Estado mexicano por caminos escabrosos que ponen en dudas la existencia de la justicia, el respeto a los derechos individuales y colectivos y por ende tiende a distorsionarse la democracia.

 

Independiente de posiciones políticas, hoy existen temas que vulneran los derechos de las comunidades indígenas, porque hay quienes creen que llevar a las mismas megas proyectos -dentro de sus tierras- sin las consultas pertinentes podría hacer explotar la dinámica social de estas comunidades debido a la imposición de políticas no consultadas con las propias comunidades y sus autoridades representativas, que pueden generar en grave crisis de tierras o incluso en un conflicto armado[40]. En ocasiones los megaproyectos podrían desplazar a los pueblos indígenas, a la vez despojarles de su territorio y de sus recursos naturales, y casi nunca resultan beneficiados por los referidos proyectos. Reconocer la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, representa respeto a sus formas de vida.

 

Agenda 2030

En septiembre de 2015, en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC)[41], se celebró la Cumbre de Desarrollo Sostenible (del 25 al 27 de septiembre), en la sede de la ONU, en la cual 193 Estados miembros, proclamaron la Agenda sobre Desarrollo Sostenible, conocida como La Agenda 2030 (A2030) de desarrollo humano y desarrollo sostenible y con la vocación de construir un modelo de desarrollo que garantice el bienestar de las personas y la sostenibilidad del planeta.  En ella se abordan temas como el cambio climático, la desigualdad, la pobreza, el cuidado del planeta, entre otros, que las anteriores agendas, les dieron poco aprecio o que simplemente no consideraron y sería la guía de referencia y de trabajo para los próximos años, 2015-2030 (CEPAL, 2016).

 

Los ODS de la A2030 son complejos y se enfrentan a dificultades, plantean construir un mejor planeta para las futuras generaciones; no poseen un proceso definido porque se encuentra en construcción con diversas ayudas y diversas visiones que incorpora contradicciones e incoherencias pero que también tienen potencialidades; contiene diferentes enfoques y diversos intereses.

 

La A20230 desarrolla un principio de integralidad en donde todos los ODS deben estar interrelacionados, ya que uno afecta al otro y se necesita coherencia de las políticas con el desarrollo; contiene una agenda de gobernanza global de desarrollo. Se basa en el principio de universalidad en la cual todos los países tienen que revisar su propio modelo de desarrollo global; incorporar nuevos objetivos y con mayor alcance; llaman a una acción multinivel, en la cual participan diferentes actores que abordan diversos procesos de reflexión, plantean una lógica multidimensional del desarrollo, tomando en consideración la dimensión económica, social, ambiental y política (enfoques de la sostenibilidad[42]).

 

Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que interactúan en diferentes dimensiones conocidas como las 5 P: personas, planeta, prosperidad, paz y partnership (alianzas), en la cual se imponen retos que giran en torno a la gobernanza (rural, local, nacional e internacional; ambiental, financiera, etc.) y por ende al cumplimiento de los ODS mediante el desarrollo de políticas diversas a través de la Cooperación Internacional para que pueda darse coordinación y flexibilidad entre ellos.

 

La temática de los pueblos indígenas en el desarrollo de los ODS conlleva a plantearnos las maneras en que se debe fomentar la visibilidad de estos en los datos y la revisión de la Agenda 2030 para garantizar la participación de los pueblos indígenas en la implementación, el seguimiento y la revisión de los objetivos se pueden realzar los aportes necesarios al desarrollo de los planes de acción, seguimientos y revisiones nacionales. No dejar a nadie atrás -lema d elos ODS-, incorporar a nuestras comunidades indígenas al desarrollo nacional, se hace prioritario. Los ODS deben trabajarse desde lo local (es decir en el seno y núcleo de las comunidades indígenas) para poder garantizar su éxito. 

 

El ODS 16 plantea los temas de paz, justicia e instituciones fuertes, está encaminado a promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones sólidas, responsables e inclusivas a todos los niveles con especial énfasis en la lucha contra la corrupción.

 

Así también, la agenda global estableció metas: 16.5 (Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas), 16.6 (Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas), 16.8 (Ampliar y fortalecer la participación de los países en desarrollo en las instituciones de gobernanza mundial) y la 16.a (Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes, incluso mediante la cooperación internacional, para crear a todos los niveles, particularmente en los países en desarrollo, la capacidad de prevenir la violencia y combatir el terrorismo y la delincuencia).

 

En México, en el marco de la Ley Nacional del Sistema Anticorrupción (18 de julio de 2016) y en lo relativo a las comunidades indígenas, se estableció:

1.      El convenio de colaboración que contempla mecanismos y acciones conjuntas en materia de capacitación a servidores públicos de los pueblos y comunidades para fortalecer la contraloría social comunitaria, el combate a la corrupción, la transparencia y rendición de cuentas.

2.      Temas respecto a derechos de autor, autonomía, organización de talleres, seminarios y conferencias.

3.      Realización de acciones positivas en materia de derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, en materia de servicios profesional de carrera y seguridad social.

 

La población de las comunidades indígena en México enfrenta muchos retos y desafíos para que puedan desarrollarse dentro de su cosmovisión, alcanzar calidad de vida y crecimiento económico. Entre los diversos desafíos a los que se enfrentan podemos mencionar la situación de la pobreza, el tema de la carencia en el acceso a la alimentación, trabajar hacia más avances en la educación, seguir exigiendo el respeto por la dignidad y los derechos humanos de todos y todas.

 

 

Conclusiones:

Los cambios que se produjeron a partir de la Segunda Guerra Mundial, durante y después de la Guerra Fría, imponen nuevos escenarios en la sociedad internacional ya que produjeron una ruptura del estatus quo (de la unipolaridad a la bipolaridad, luego a la multipolaridad y a la interdependencia).

 

Como producto de los horrores de los grandes conflictos mundiales y los cambios descritos anteriormente, se impulsó el desarrollo, la protección, la promoción y defensa de los derechos humanos a lo largo de la historiografía en los diversos escenarios: global (con la creación del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos/ONU) y los regionales (en el caso de América, el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos/OEA).

 

En los sistemas de protección y defensa de los derechos humanos (global y regionalmente), se desarrollarán y crearán instrumentos e instituciones de promoción, defensa y protección de los derechos humanos y que han sido suscrito por los Estados, generando vinculación y por ende compromisos de cumplimiento (Convención de Viena sobre Tratados de 1959, pacta sunt servanda).

 

El desarrollo del derecho internacional en el ámbito de los derechos humanos, en conjunto con la política internacional y la política exterior de los Estados, se han adoptado a través de los ordenamientos jurídicos internos en los países para su implementación y/o ejecución.

 

En los instrumentos internacionales se va a introducir el tema de los grupos y comunidades indígenas producto de la indiferencia de años de gobiernos, en los cuales las violaciones a sus derechos y el no reconocimiento de sus identidades han sido desastrosas para el desarrollo de sus pueblos.

 

En el caso preciso de México, abordamos historiográficamente hablando, los sexenios en donde se empieza a considerar con un poco más de apertura sobre los derechos humanos e inicios de la protección de estos. Además de las crisis que se produjeron, las desapariciones y las violaciones en diversas materias para luego abordar el tema de las comunidades indígenas.

 

En la revisión bibliografía realizada para poder cumplir con esta asignación, analizando, eligiendo y seccionando cada uno de los documentos, nos quedaba la siguiente duda: ¿si a otras poblaciones (no indígenas) se les han violentando todos los derechos, empezando por el mayor bien jurídico tutelado como es la vida, qué podemos esperar de las comunidades apartadas por años, como lo son las indígenas en donde las políticas públicas orientadas en enfoques (derechos humanos, género e interculturalidad), no tienen el alcance suficiente en la mayoría de las ocasiones?

 

Los compromisos del Estado mexicano son muchos en función de que es signatario de muchos tratados y convenciones, adquiriendo obligaciones para que ejerza y haga cumplir las leyes y reglamentos, que se haga justicia y que siga luchando contra la impunidad ya que son aristas importantes para la existencia del estado de derecho y por ende de la democracia.

 

En esa política internacional se desarrolla el tema de los OSD, un compromiso (aunque no obligatorio) que forma parte de ese soft power y que genera amplia cooperación internacional en diversas áreas para la implementación de estos y el logro de las metas impuestas.

 

Es un compromiso de todos los habitantes de México nunca dejar de reclamar los derechos que consideren vulnerados y ante la ineficiencia o la desidia de las autoridades, agotadas las vías en el país, accionar a las instancias internacionales.

 

Las políticas públicas que genere y quiera desarrollar el Estado, deben hacerse respetando la cosmovisión de las comunidades indígenas dentro de su derecho particular y colectivo.

 

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[1] El régimen autoritario priista estaba liderado para el año de 1968 por Gustavo Días Ordaz (1911-1979), quien estudió derecho en la Universidad Autónoma de Puebla y su candidatura a presidente de los Estados Unidos Mexicanos había sido apoyada por el Partido Popular Socialista (PPS) y el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM) en mayo de 1964. Díaz Ordaz en su sexenio llevó a cabo una política de desarrollo del Estado. En materia económica podemos mencionar que el producto interno bruto mexicano (PIB) creció al 6,8%, ordenó la cancelación de concesiones para la exploración petrolera, se estableció el área de mar territorial en 12 millas náuticas, se creó el Instituto Mexicano del Petróleo. En lo relativo a las obras de infraestructura, se construyeron la presa de la Amistad en Coahuila, la Torre de Telecomunicaciones del Distrito Federal, la infraestructura olímpica para la realización de las XIX Olimpiadas en México (incluía: Villa Olímpica, el Palacio de Deportes, la Alberca Olímpica, el Velódromo, la Sala de Armas, el Polígono de Tiro, el Canal de Remo y Canotaje, el Muelle de Regatas, etc.); el Metro desde la Glorieta de Chapultepec hasta la Calzada Ignacio Zaragoza (línea 1 del metro). En su administración, México se adhirió al Fondo Monetario Internacional (FMI). Pese a sus obras y la estabilidad económica, su gobierno se caracterizó por la represión y la censura: Censuró diarios, revistas y libros como fue el caso de Oscar Lewis con su obra “Los hijos de Sánchez” que se refería a la marginación que se vivía en México; represión del movimiento de médicos en noviembre de 1964 (médicos residentes e internos del Hospital 20 de noviembre del ISSSTE reclamaron el pago de aguinaldos atrasados y 206 de ellos fueron despedidos. En lo relativo a movimientos estudiantiles, el 2 de octubre de 1966, los sucesos de Tlatelolco de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, en Morelia, una protesta contra el alza del transporte público. En 1965 se produce el primer ataque guerrillero en México, al cuartel de Ciudad Madera en Chihuahua. Los atacantes fueron ejecutados y los sobrevivientes formaron el movimiento conocido como la Liga Comunista 23 de septiembre. En Guerrero los maestros normalistas de Ayotzinapa: Genaro Vásquez y Lucio Cabañas, se levantaban en armas. En este contexto iniciaba la guerra sucia.

[2] Panista: que proviene de las filas del Partido Acción Nacional. Es un partido político mexicano de derecha, cristiano, de doctrina política conservadora, afín a las ideas de la democracia cristiana. Sus estatutos establecen que su posición ideológica es el humanismo cristiano.

[3] Vicente Fox, empresario y político mexicano que se desempeñó como presidente de los Estados Unidos Mexicanos desde el 1 de diciembre de 2000 hasta el 30 de noviembre de 2006. Se convirtió en el primer presidente panista luego de setenta años del predominio priista (Partido Revolucionario Institucional).

[4] Felipe Calderón, presidente de los Estados Unidos Mexicanos desde el 1 de diciembre de 2006 hasta el 30 de noviembre de 2012. Fue miembro del Partido Acción Nacional (PAN) durante treinta años antes de abandonarlo en noviembre de 2018. Durante su sexenio el país estaba inmerso en violencia generalizada por la lucha que implementó contra los carteles del narcotráfico.

[5] Globalización es un proceso histórico, el resultado de la innovación humana y el progreso tecnológico. Se refiere a la creciente integración de las economías de todo el mundo, especialmente a través del comercio y los flujos financieros.

[6] Mary Kaldor considera que las nuevas fuerzas políticas internacionales que empiezan a competir con el Estado están relacionadas con “los movimientos sociales globales, las ONG internacionales (ONGI), las redes de abogacía transnacionales y las organizaciones de sociedad civil entre otras” (Kaldor, 2005). En la actualidad hablamos de variados actores de las RI. Podemos mencionar: El Estado, Organizaciones Internacionales, Organismos Internacionales, multinacionales, los pueblos originarios, guerrillas, agencias financieras e incluso el individuo.

[7] Entiéndase por política exterior como el conjunto de decisiones, políticas y acciones que conforman una política pública del Estado, cuyo objetivo es representar los intereses nacionales de ese Estado frente a los otros Estados y demás sujetos de derecho internacional. La política exterior siempre se relaciona y se define en función de las políticas nacionales (intereses nacionales).

[8] Resulta prudente mencionar, que, en la actualidad, en América Latina, 15 Estados han incluido y mencionan en sus objetivos de política exterior el tema concerniente a los derechos humanos y ello se puede constatar en las páginas web de sus respectivas cancillerías. Estados como Cuba, Nicaragua y Venezuela son los tres países latinoamericanos que no incluyen a los derechos humanos como objetivo de sus políticas exteriores (CADAL, 2019).

[9] Podemos mencionar como ejemplo, los instrumentos universales en materia de derechos humanos, que las Naciones Unidas los han reunido en el tema referente a  los Derechos de los pueblos indígenas y de las minorías, como son la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 y la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas.

[10] Los pactos deben cumplirse. Todo lo convenido verbalmente o por escrito una vez probado el concierto de voluntades, debe cumplirse.

[11] La Organización de las Naciones Unidas tiene un carácter global. Fue creada mediante la Carta constitutiva en San Francisco, Estados Unidos de América en 1945, luego de la culminación de la Segunda Guerra Mundial. Tiene como objetivos específicos preservar la paz y la seguridad internacional. Todos los 24 de octubre, se celebra su aniversario de creación. Está integrada por seis órganos principales: la Asamblea General, el secretario general, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social, el Consejo de Administración Fiduciaria y la Corte Internacional de Justicia.

[12] Las consecuencias de las revoluciones de otoño de 1989 como fue la caída del Muro de Berlín, las revoluciones cantadas, la revolución de terciopelo, posteriormente la desintegración de la U.R.S.S., la guerra en los Balcanes, el genocidio en Ruanda y Yemen, etc., la globalización y la apertura de los mercados, multipolaridad económica, el nuevo orden, produjeron cambios sustantivos en el statu quo del sistema internacional.

[13] Corte Penal Internacional (CPI) creada mediante el Estatuto de Roma de1998.

[14] Durante los años 60 en México se gestaban transformaciones dinámicas. Desde un punto de vista sociocultural, los jóvenes y las mujeres fueron los protagonistas de esas transformaciones y enarbolaron las banderas en contra del autoritarismo y de la violencia institucionalizada. En este escenario se produciría el movimiento de 1968, el cual fue un movimiento estudiantil de carácter social en donde participaron estudiantes universitarios de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y del Instituto Politécnico Nacional (IPN), preparatorias y vocacionales, profesores, obreros, amas de casa, sindicatos e intelectuales tanto de la ciudad de México como del interior del país.

El 2 de octubre de 1968, en la Ciudad de México se suscitó una terrible matanza ocurrida en Tlatelolco, en la Plaza de las Tres Culturas, provocando la muerte de más de 300 personas. Fue la brutal culminación de delitos que podrían ser considerados contra la humanidad, perpetrados desde el gobierno de México en contra de los estudiantes a lo largo de ese año, caracterizados por las detenciones masivas, arbitrarias e ilegales que se realizaron durante este período, y por la planificación detallada y el alto grado de entrenamiento de las fuerzas represivas que participaron en los hechos. Así lo han calificado los sobrevivientes de ese movimiento quienes exigen que a los responsables se les juzgue por genocidio. La masacre fue cometida por el Ejército Mexicano y el grupo paramilitar Batallón Olimpia en contra de una manifestación pacífica. La presencia de este batallón en el lugar de los hechos fue negada inicialmente por el presidente de México, Gustavo Díaz Ordaz (1964-1970) aludiendo que su función era custodiar las instalaciones para los Juegos Olímpicos. Hoy se conoce la verdad gracias a diversas investigaciones, medios y testimonios: Aquel día el ejército y el Batallón Olimpia, identificados por portar un guante blanco, pusieron en marcha la “Operación Galeana” con el fin de detener a los miembros del Consejo Nacional de Huelga (CNH), órgano de dirección colegiado, creado el 2 de agosto de 1968 por miembros de las escuelas en huelga, especialmente por estudiantes de la UNAM, el IPN, El Colegio de México, la Escuela de Agricultura de Chapingo, la Universidad Iberoamericana, la Universidad La Salle (México), Escuela Normal de Maestros, Escuela Nacional de Antropología e Historia, y otras universidades del interior de la república; los intentos de someter al CNH derivaron en la sangrienta represión al movimiento de protesta que por meses habían resistido y cuestionado las políticas y medidas sociales y económicas del Estado, reclamando democracia (Taalas, 2018).

[15] En México, los granaderos eran unidades de policía especializadas en tareas antidisturbios y otras funciones de seguridad pública interior. Granaderos es el nombre que llevó el agrupamiento desde su creación en 1939. Todavía en 2010, en el Manual de Organización de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, que entonces encabezaba Manuel Mondragón y Kalb, aparecían en la estructura orgánica de la dependencia los agrupamientos de Granaderos Oriente y Poniente, lo que ya no ocurre en la estructura hoy vigente (Chapa, 2021).

[16] Sexenio de Carlos Salinas de Gortari se extendió desde el 1 de diciembre de 1988 hasta el 30 de noviembre de 1994. Durante este período, el 10 de junio de 1990, Canadá, Estados Unidos y México acuerdan establecer un tratado de libre comercio, el 5 de febrero de 1991 inician las negociaciones del TLCAN, por lo que el Acuerdo Comercial fue firmado por el presidente estadounidense George H. W. Bush y entró en vigor el 1 de enero de 1994.

[17] Cabe destacar que el antecedente en México es la Dirección de Derechos Humanos que había sido creada el 13 de febrero de 1989, dentro de la Secretaría de Gobernación.

[18] El 28 de enero de 1992 se publica en el Diario Oficial el Decreto de Reforma del artículo 102 constitucional: “El Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados en el ámbito de sus respectivas competencias establecerán organismos de protección de los derechos humanos que otorga el orden jurídico mexicano, los que conocerán de quejas en contra de actos y omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servicio público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos. Formularán recomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas. Estos organismos no serán competentes tratándose de asuntos electorales, laborales y jurisdiccionales. El organismo que establezca el Congreso de la Unión conocerá de las inconformidades que se presenten en relación con las recomendaciones, acuerdos y omisiones de los organismos equivalentes de los Estados.”

[19] El T-MEC es el nuevo acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá que sustituye al Tratado de Libre Comercio (TLCAN).

[20] El ingreso de México a la OCDE se produjo el 18 de mayo de 1994 y se convirtió en el miembro número 25 de la organización. Cabe señalar que esta organización es un organismo de cooperación internacional compuesto por 38 estados, ​​ cuyo objetivo es coordinar sus políticas económicas y sociales. La OCDE fue fundada en 1961 y su sede central se encuentra en el Château de la Muette en París. Su misión es promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo. México fue el primer país latinoamericano en formar parte de esta importante organización (Otros Estados latinoamericanos que forman parte: Chile 7 de mayo de 2010, Colombia 28 de abril de 2020 y Costa Rica 25 de mayo de 2021) (OECD, 2021).

[21] El sexenio de Ernesto Zedillo se extendió desde el 1 de diciembre de 1994 hasta el 30 de noviembre de 2000.

[22] El conflicto chiapaneco fue el conflicto armado entre el Gobierno de México y la guerrilla del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari y que se disponía a celebrar la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (1° de enero de 1994), los insurgentes del EZLN tomaron por las armas 5 cabeceras municipales del estado de Chiapas (San Cristóbal de las Casa, Altamirano, Las Margaritas, Ocosingo y Chanal). Insurgentes que provenías de los pueblos tzeltal, tzotzil, chol y tojolabal, todos ellos de la familia maya y demandaban trabajo, tierra, techo, alimentación, salud, educación, independencia, libertad, democracia, justicia y paz. Como respuesta, el gobierno federal envió al ejército a sofocar la rebelión. Los combates entre ambas fuerzas duraron 11 días. Se establecieron las mesas de diálogo de San Andrés Larráinzar, las cuales se mantuvieron durante el sexenio de Salinas y continuaron con el de Ernesto Zedillo; sin embargo, los zapatistas rompieron el diálogo debido a la propuesta de reformas constitucionales del gobierno federal, que no respetaba comprometidos en los acuerdos de dichas mesas. Zedillo respondió con una nueva ofensiva militar, se emitieron ordenes de aprehensión contra los dirigentes del EZLN y el hostigamiento contra las comunidades zapatistas. La sociedad mexicana, en apoyo a los zapatistas, rechazó las acciones violentas y se manifestó inmediatamente a lo largo del territorio nacional en marchas y movilizaciones exigiendo paz y diálogo, también a nivel internacional se generó una intensa presión que se consolidó en la formación de organizaciones de solidaridad con el movimiento zapatista principalmente en América, y Europa, ocasionando que el gobierno mexicano diera marcha atrás parcialmente en las agresiones. A la fecha desde el levantamiento del EZLN muchas de sus demandas aún no han sido resueltas (Batalla, 2021).

[23] Desde 1993, se comenzó a documentar los primeros homicidios de mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, hasta noviembre de 2009, cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a México a reparar a las víctimas del caso "Campo Algodonero", la realidad de las mujeres no mejoró sustancialmente durante esos casi 16 años; incluso empeoró en la ciudad "más peligrosa del mundo". Esto ocurrió durante los sexenios de los presidentes de la República mexicana, Durante los sexenios de Ernesto Zedillo, Vicente Fox y Felipe Calderón. Desde que comenzó la denominada "Guerra contra el Narcotráfico", no sólo miembros del crimen organizado u otros agentes privados son los perpetradores de los asesinatos, violaciones sexuales, acosos y otras manifestaciones discriminatorias hacia las mujeres en Chihuahua, sino también policías y miembros del Ejército mexicano (Vásquez, 2011).

[24] Matanza de Acteal:  En la mañana del 22 de diciembre de 1997, fueron masacradas 45 personas: 21 mujeres -cuatro de ellas embarazadas- 15 niñas y niños, y 9 hombres. Las víctimas eran indígenas tzotziles pertenecientes a una organización pacifista llamada Las Abejas. Al momento de la agresión, los perpetradores dispararon contra una ermita en la que aquellas se encontraban rezando por la paz en Chiapas.

[25] Masacre de Aguas Blancas fue un crimen de Estado ocurrido el 28 de junio de 1995 cometido por la policía del estado mexicano de Guerrero en el vado de Aguas Blancas Estaban a tres kilómetros del poblado de Aguas Blancas. En esta emboscada, 17 campesinos fueron asesinados; catorce heridos. Dos elementos policiacos también resultaron lesionados, con heridas corto-contundentes producidas por arma blanca.

[26] Sucedió el 7 de junio de 1998 en el municipio de Ayutla, Guerrero, cuando en el poblado conocido como El Charco, once personas murieron en la escuela primaria Caritino Maldonado Pérez, así como cinco resultaron heridos y veintidós detenidos. Entre los difuntos estaba Ricardo Zavala, un estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y algunos guerrilleros del Ejército Revolucionario del Pueblo Insurgente (ERPI), presentes en la escuela estaban en una labor de propaganda, algo común que realizaba el grupo en algunos municipios.

[27] Vicente Fox Quesada presidente de los Estados Unidos Mexicanos de 1 de diciembre de 2000 hasta el 30 de noviembre de 2006.

[28] En el año 2002, al sancionar la “ley de transparencia”, el Congreso mexicano dio un golpe potencialmente decisivo a la tradicional cultura del secreto con la cual se manejaban los asuntos de estado. 

[29] La administración Fox ha resultado insuficiente ha sido sus iniciativas para abordar otro legado del viejo régimen: la habitual subordinación del estado de derecho a prácticas que se perciben como indispensables para mejorar la seguridad pública.

[30] Desde la Revolución Cubana 1 de enero de 1959, las relaciones con los gobiernos priistas fueron satisfactorias y en los diversos escenarios y foros internacionales, eran la voz del régimen cubano. El cambio de política exterior que Fox le da al Estado mexicano -en ocasiones al borde del rompimiento de las relaciones diplomáticas- estuvo caracterizada por la promoción de la democracia y la defensa de los derechos humanos.

[31] Entre los observadores se encontraron el Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la Independencia de Jueces y Abogados (2001), el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura (2001), la Relatora Especial sobre los Derechos de la Mujer de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2002), dos personas expertas del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (2003) y la Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito (2003).  Diferentes ONGs internacionales, entre ellas la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos, Amnistía Internacional, y el Grupo de Trabajo de América Latina.

[32] La administración de Felipe Calderón se extendió desde el 1 de diciembre de 2006 hasta el 30 de noviembre de 2012. Surgido de las filas del Partido Acción Nacional (PAN) que es un partido político mexicano de derecha, cristiano, de doctrina política conservadora, afín a las ideas de la democracia cristiana. Sus estatutos establecen que su posición ideológica es el humanismo cristiano.

[33] El sexenio de Enrique Peña Nieto se extendió de 1 de diciembre de 2012 hasta el 30 de noviembre de 2018. Priista y ex gobernador del Estado de México. Su período ha sido calificado por la Dra. Ivonne Acuña como perdido, para el Estado y la sociedad mexicana, pero no para él y la élite que representaba.

[34] Amnistía Internacional señaló que el legado de Peña Nieto se tradujo en cifras y hechos escalofriantes: más de 37 mil personas desaparecidas – de estas, cerca de 60%, desaparecieron en los últimos seis años de su administración-, múltiples casos de ejecuciones extrajudiciales cometidas por fuerzas de seguridad; y una práctica de la tortura generalizada, que incluye la tortura sexual, como mecanismo común en el sistema de justicia. Los últimos dos años han sido los más violentos en la historia reciente, con una media mensual de más de dos mil homicidios dolosos; los feminicidios son una epidemia en todo el territorio nacional; el país se ha convertido en uno de los más peligrosos del mundo para personas defensoras de derechos humanos y periodistas; y la discriminación y desigualdad siguen siendo flagelos que afectan a la mayoría de la población, con la impunidad y la corrupción como la norma.

[35] Andrés Manuel López Obrador, su sexenio se extiende desde el 1 de diciembre de 2018 y culminará el 30 de noviembre de 2024. Llevado a la Presidencia de la República por el partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA). Es un partido político de hombres y mujeres que luchan por la transformación pacífica y democrática del país.

[36] Los instrumentos internacionales que abordan la temática de los pueblos originarios y comunidades indígenas son:  el Convenio Número 107 sobre Poblaciones Indígenas y Tribales, que fue ratificado por 27 países (creado en el escenario de la OIT, 1957); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), en su artículo 27 señala que en los Estados en que existan minorías étnicas no se les negará a los miembros de las mismas, el derecho a tener su propia vida cultural, a profesar su propia religión y a emplear su propio idioma; la Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas (1992), establece que los Estados protegerán la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minorías dentro de sus territorios respectivos y fomentarán las condiciones para la promoción de esa identidad, entre ellas disfrutar su propia cultura; profesar y practicar su propia religión, y utilizar su propio idioma, en privado y en público, libremente y sin injerencias ni discriminación de ningún tipo; El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (27 de junio de 1989), que buscó romper con los contenidos asistencialistas e integracionistas del Convenio 107 comentado antes; el Convenio 169 de la OIT fue ratificado por México en 1990 y entró en vigor el 5 de septiembre de 1991 (es un instrumento vinculante); la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas (2007), no constituye un documento jurídicamente vinculante, pero con fuerza moral y marcan los parámetros mínimos para el respeto a los derechos de los pueblos indígenas, dentro de ellos los relativos a la libre determinación, a la cultura propia, a la educación y a la organización, al desarrollo y al trabajo, a la propiedad de la tierra, al acceso a los recursos naturales de los territorios en los que se asientan y a un ambiente sano, a la no discriminación y a la consulta libre e informada sobre temas que los afecten, entre otros.

[37] Juicio de amparo en México:  es un procedimiento jurisdiccional de control judicial regulado por la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y es un medio de control de constitucionalidad, convencionalidad, dignidad humana y derechos humanos, al tenor de la leyenda: "El amparo protege a las personas frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares en los casos señalados en la presente Ley.

[38] Por la reforma a la Constitución al artículo 105, fracción 1 que facultó a los órganos constitucionales autónomos para presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, controversias constitucionales.

[39] México ocupa el lugar #11 en población a nivel mundial.

[40] El Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) ha manifestado en el tema del megaproyecto: Tren Maya que tendría 1,525km de extensión y que se desarrollaría en Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. Una inversión entre 120 -150 mil millones de pesos mexicanos; que morirían como guardianes de la tierra antes de permitirlo.

[41] Las Organización de las Naciones Unidas (ONU) está integrada por 6 órganos principales: La Asamblea General, el Secretario General, el Consejo Económico y Social (ECOSOC), el Consejo de Administración Fiduciaria, el Consejo de Seguridad y la Corte Internacional de Justicia. Dentro del ECOSOC funcionó desde 1946 la Comisión de Derechos Humanos que sería reemplazada en el 2006 por el Consejo de Derechos Humanos. En este consejo se lleva gran parte de la cooperación que se genera a través de los diversos Organismos Internacionales que forman parte del Sistema de las Naciones Unidas.

[42] Buscar una definición a un desarrollo multidimensional es acercarse a la definición sobre desarrollo sostenible contenida en el Informe Brundtland (1987), cuando señala que consiste en “Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades”. El referido informe es un informe que enfrenta y contrasta la postura de desarrollo económico junto con el de sustentabilidad ambiental. Fue realizado por la ex primera ministra noruega: Harlem Brundtland y el objetivo era analizar, criticar y replantear las políticas de desarrollo económico globalizador, reconociendo que el actual avance social se estaba llevando a cabo a un costo medioambiental alto.


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