jueves, 7 de octubre de 2021

La Universidad de Panamá y sus aportes al desarrollo nacional, por Venicia Chang, docente

Durante la década de 1920 el pensamiento social panameño (Sindicato General de los Trabajadores, Liga del Movimiento Inquilinario y Acción Comunal), alcanzaba madurez y a pesar de los grandes embates que se sucedían producto de la crisis económica y social que afectaba a nivel global, en la mente de ilustres hombres, se concebía la idea de crear una casa de estudios superiores que fuera la formadora de hombres y mujeres que por diversas causas no podían asistir al extranjero en busca de sus sueños. En ese escenario, mediante el Decreto N°29 del 29 de mayo de 1935 y bajo la administración de Don Harmodio Arias Madrid, se creaba la Universidad de Panamá; misma que sería inaugurada el 7 de octubre de 1935, una institución destinada a la enseñanza superior con el objeto de formar profesionales, y que a lo largo de su historiografía han contribuido con el desarrollo nacional. 

Hoy celebramos el 86 aniversario de la casa de estudios superiores del pueblo panameño. Una universidad de carácter público reconocido, con autonomía, cuenta con 311 carreras (171 pregrados y 140 postgrados); tiene 19 facultades; 89,598 estudiantes matriculados y 4,155 docentes, distribuidos en los 10 Centros Regionales Universitarios, 5 Extensiones Universitarias y 27 Programas Anexos. Brinda servicios a la comunidad universitaria, desarrolla programas de extensión, proyectos de investigación y asistencia a la población. Desde su inauguración hasta el 2020, ha aportado al mercado laboral 277,791 profesionales en diversas áreas del conocimiento. 

La Casa de Méndez Pereira ha tenido que enfrentar a gobernantes inescrupulosos que quisieron silenciar el pensamiento social y el derecho de los pueblos a expresarse, lo que condujo en ocasiones al cierre de la institución de estudios superiores. No podemos olvidar las medidas severas que en 1968 y a finales de la década de los ‘80, tuvo como objetivo liberar al mando de las constantes críticas y presiones de la Universidad de Panamá, por lo que esta fue clausurada y se expulsaba del cuerpo docente y del estudiantado en general, a todas aquellas personas que parecían un peligro para la paz y estabilidad del nuevo gobierno, y seguía poniendo su cuota de sacrificio para que culminaran los 21 años del régimen militar y de esa manera poder alcanzar mejores días para su pueblo. No obstante, no se puede dejar de mencionar la participación de esa vida universitaria en la lucha generacional por la soberanía panameña en todo el territorio nacional. 

La universidad ha sido siempre el bastión de lucha para que los gobiernos que se han sucedido en la vida democrática del país no pierdan la perspectiva que se deben al pueblo que los eligió, a la vez que, por su apertura y el respeto por todas las ideas, ha participado en los grandes consensos y de toma de decisiones en temas de trascendencia para el país. Esa mística de nuestra universidad, realizando grandes aportes, al no permitir en éste, tiempo de pandemia, el cierre de sus labores y con el único propósito de seguir jugando su rol como lo establece la Constitución.

Ante la grave crisis sanitaria, la resiliencia mostrada por todo su personal administrativo y docente, siguiendo mandato de los órganos de gobierno, con el único y firme propósito de no dejar a nadie atrás y buscar los mecanismos necesarios para que la exclusión provocada en sectores educativos no trascendiera en la educación pública superior. Más que un reto, una odisea porque los universitarios nos tuvimos que enfrentar a los retos que planteaba la nueva virtualidad. Con pasos firmes seguimos caminando con la seguridad de mejores días para toda la familia universitaria, extrañando a esos compañeros que partieron antes y que dejaron su legado en las aulas de esta institución. A pesar de las adversidades, es propicia la ocasión para felicitar a todos los miembros de la Casa de Méndez Pereira por otro aniversario.

miércoles, 6 de octubre de 2021

Título: Semana de alto nivel, septiembre 2021 Por: Venicia Chang y José Ulises Lescure, profesores universitarios

La necesidad de una organización con carácter global que retomara las riendas de la sociedad internacional con el objeto de mantener la paz y la seguridad internacional se vio realizada al finalizar la Segunda Guerra Mundial. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) creada mediante la carta constitutiva de San Francisco en 1945, está estructurada por órganos especializados como la Secretaría General, la Asamblea General, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social, el Consejo de Administración Fiduciaria y la Corte Internacional de Justicia. Desde su creación, impulsó el proceso de descolonización y durante la guerra fría, su papel estuvo vedado por los vaivenes de las relaciones entre las dos superpotencias. La globalización ha significado para la organización, un papel importante para ejercer su mandato en el escenario universal. Hoy, esa etapa global de la que hablamos, trae consigo graves problemas: las emisiones contaminantes que han puesto en jaque el Acuerdo de París (suscrito el 12 de diciembre de 2015 en el cual se había alcanzado un acuerdo para combatir el cambio climático y realizar acciones para disminuir las emisiones de carbono) y los efectos del cambio climático en todo el orbe debido a que los casquetes polares se están derritiendo lo que provoca el aumento en el nivel del mar, aunado a la afectación de regiones con fenómenos meteorológicos extremos (inundaciones, olas de calor, sequías, nevadas). Otro de los graves problemas globales y que ha llevado a la humanidad a replantear sus estilos de vida, lo constituye la pandemia de COVID-19. El COVID-19 ha cobrado la vida, al 12 de septiembre de 2021, de 4,6 millones de personas (América: 2,153,219; Europa: 1,274,567; Asia: 1,002,831; África 202,911 y Oceanía: 2,586 personas). Por otro lado, la grave emergencia sanitaria ha sentado las bases para que la brecha entre los países siga en crecimiento. Desde el punto de vista sanitario, sólo algunos Estados, tienen acceso a suministros médicos de manera sostenible, a otros que se les complica la situación por no tener acceso a los mismos ni de manera cualitativa (calidad) ni cuantitativamente hablando. Todos los Estados deben poder acceder a las vacunas, a las pruebas de detección y a los tratamientos que se están generando y certificando para de esa manera poder combatir con éxito la pandemia y en igualdad de condiciones. No obstante, la falta de equidad de la que venimos conversando, afloran aún más, por las tendencias al nacionalismo con el cual se ha revestido la obtención y distribución de las vacunas. Muestra de ese nacionalismo cuando un Estado prioriza obtener las por encima de otros, lo que se ha reflejado en la comunidad internacional en una suerte de “carrera por la inmunización”, en función de que las mismas no han llegado a los países más pobres, lo que hace difícil poder alcanzar el 60% de cobertura de población mundial inmunizada para poder acabar con la pandemia y de esa manera minimizar el número de muertos. En cifras de la OMS, los países ricos (que representan tan solo al 13% de la población mundial) han comprado más de la mitad de las vacunas disponibles, a la vez que la propia OMS ha calificado la situación como una catástrofe moral (OMS, 2021). La geopolítica de las vacunas conlleva amenaza debido a que la pandemia se prolongará, existirá mayor riesgo para que el virus mute y que aparezcan nuevas cepas y con ello aumentará el número de muertes y la pobreza mundial. Por ello, se hace imperativo que se dé una distribución equitativa de las vacunas para controlar la pandemia, que los Estados y las poblaciones puedan acceder a las mismas con precios razonables y de esa manera poder que se genere la reactivación económica global, de cara a otra gran lucha contra otra gran crisis que apenas estamos viendo: la desigualdad y la pobreza que ha acrecentado la actual pandemia. No se puede dejar de lado la crisis de la educación global, agudizada aún más por la pandemia y que cambió la forma de impartir la educación, convirtiendo a la escuela y el hogar en un mismo lugar de enseñanza-aprendizaje. Según datos de la UNESCO en el 2020, más de 861.7 millones de niños y jóvenes en 119 países se vieron afectados, en ciudades donde el 70% de los estudiantes vienen de familias de bajos ingresos y llevar la escuela a casa significa enfrentarse a no poder ofrecer comidas adecuadas y mucho menos la tecnología o conectividad necesarias para el aprendizaje virtual en línea (Villafuerte, 2020). Según datos del World Economic Forum (WEF) sólo alrededor del 60% de la población mundial tiene acceso a la red, reflejando con ello la exclusión que ha puesto al descubierto la pandemia y la brecha digital sigue creciendo a medida que los estudiantes con escasos recursos no puedan sumarse a los desafíos educacionales. En este catálogo de retos que captan la atención de la comunidad internacional, no está ausente el autoritarismo como forma de gobierno en diversos Estados en los cuales se registran graves violaciones a los derechos humanos. Estos regímenes autoritarios se caracterizarán por: su amplia base social y poder político, conformada por diferentes grupos (civiles, militares, éticos, religiosos que en la burocracia del Estado y en la economía pública tienen una función clave). El modelo de legitimación varía entre lo tradicional, lo carismático, lo político-situacional y los de legitimación ideológica del desarrollo. Los que su estructura de poder político gira con relación al reparto del poder (dirigencia y las élites dominantes) (Nohlen, 2017). Este es por menos un pincelazo del escenario que se desarrolla en muchos Estados y la situación se complica debido a la vulneración de derechos que están sufriendo sus gobernados, lo que ha provocado graves problemas y crisis mundiales -como la migración, por ejemplo- hacia los Estados más desarrollados. Esa realidad la están viviendo países de todo el orbe y nuestra región no es la excepción. Según datos de la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), Europa y Asia acogieron a más de 87 millones y 86 millones de migrantes internacionales, América del Norte 59 millones de migrantes internacionales, África el 9%, América Latina y el Caribe el 5% y Oceanía el 3% de la población mundial de migrantes (OIM, 2021). Sin ir muy lejos la situación en la frontera colombo-panameña ha motivado la necesidad de abordar el tema desde un enfoque multilateral con los principales actores regionales. En lo relativo a la situación de los derechos humanos en el mundo, a pesar de que casi todos los Estados han suscrito la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en algunas partes, los mismos no son respetados. Actualmente existen muchos lugares en el mundo en donde las personas no pueden ejercer sus derechos ni cuentan con las garantías individuales que deben brindarles los Estados. Somos testigos de las violaciones a los derechos de las mujeres, de los niños y niñas y de personas indefensas en diversas regiones. Es este el panorama a “grosso modo” en el cual se está celebrando la semana de alto nivel, en el 76° período de sesiones de la Asamblea General de la ONU, con el objeto de crear resiliencia a través de la esperanza: para recuperarse de la COVID-19, reconstruir la sostenibilidad, responder a las necesidades del planeta, respetar los derechos de las personas y revitalizar las Naciones Unidas. Es por ello, que dentro de esta diplomacia de alto nivel, se estarán abordando temas trascendentales como: 1. En el cumplimiento de la Agenda de Desarrollo Sostenible (Agenda 2030) se dirigirán esfuerzos hacia: a) Dentro del escenario y de las afectaciones (desigualdad) que ha generado la pandemia. b) La Cumbre para transformar y orientar los sistemas alimentarios globales hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030. 2. En el marco del 20° aniversario de la Declaración de Durban (adoptada por consenso en la Conferencia Mundial Contra el Racismo de 2001, constituyen un documento integral y orientado a la acción que propone medidas concretas para combatir el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, con visión holística, aborda una amplia gama de temas, y contiene medidas prácticas y recomendaciones trascendentales) se aprovechará este evento de alto nivel para seguir impulsando el movimiento mundial contra el racismo y la discriminación racial. 3. Debate del Consejo de Seguridad sobre el clima y la seguridad debido u ocasionado por el cambio climático y los desastres relacionados con el clima que pueden exacerbar los riesgos que conducen a conflictos e inseguridad. 4. Diálogo de alto nivel sobre energía el cual es fundamental para abordar el cambio climático y la pobreza. Su objetivo es avanzar hacia el ODS 7, las cero emisiones netas y el acceso universal a la energía. A manera de conclusión podemos esperar que en esta Asamblea General, las acciones y discursos de los gobernantes hagan énfasis en las implicaciones negativas y desfavorables de los devastadores efectos de la pandemia que ha exacerbado la latente crisis social de alcance global, cuya raíz se encuentra en las profundas desigualdades en la distribución de la riqueza, equidad de género, falta de acceso a la educación y a la salud. Referencias Nohlen, D. (2017). Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de las UNAM. Recuperado el 19 de septiembre de 2021, de Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4311/9.pdf OIM. (2021). Organización Internaciona de las Migraciones. Recuperado el 19 de septiembre de 2021, de Organización Internaciona de las Migraciones: https://worldmigrationreport.iom.int/wmr-2020-interactive/?lang=ES OMS. (septiembre de 2021). Organización Mundial de la Salud. Recuperado el 19 de septieembre de 2021, de Organización Mundial de la Salud: https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019?gclid=CjwKCAjw4qCKBhAVEiwAkTYsPEckk2qeIu-Y9t3Pkj9rEGHL_dwVHp7G0p9zK5kG6EnkYuED5BHLKRoCyhMQAvD_BwE Statista. (12 de septiembre de 2021). Statista. Recuperado el 19 de seeptiembre de 2021, de Statista: https://es.statista.com/estadisticas/1107719/covid19-numero-de-muertes-a-nivel-mundial-por-region/ Villafuerte, P. (19 de marzo de 2020). Observatorio Instituto para el futuro de la educación del Tecnológico de Monterrey. Recuperado el 19 de septiembre de 2021, de Observatorio Instituto para el futuro de la educación del Tecnológico de Monterrey: https://observatorio.tec.mx/edu-news/educacion-en-tiempos-de-pandemia-covid19

Título de la ponencia: “Propuesta de medidas para atender a las recomendaciones del MESICIC respecto a la regulación de conflictos de intereses en la administración pública panameña” Ponente: Venicia Chang, docente Escuela de Relaciones Internacionales Evento: XXX Congreso Científico Nacional: “El Valor De Las Ciencias En El Desarrollo Humano Sostenible”

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Título de la ponencia: “Propuesta de medidas para atender a las recomendaciones del MESICIC respecto a la regulación de conflictos de intereses en la administración pública panameña” Ponente: Venicia Chang, docente Escuela de Relaciones Internacionales Evento: XXX Congreso Científico Nacional: “El Valor De Las Ciencias En El Desarrollo Humano Sostenible” Palabras claves: desarrollo sostenible, corrupción, conflictos de intereses, recomendaciones, MESICIC. En el escenario del XXX Congreso Científico Nacional: “El Valor de las Ciencias en el Desarrollo Humano Sostenible”, es preciso acotar cómo la utilización de las ciencias ha ido apoyando en diversas direcciones la ordenación del medio ambiente y del desarrollo con el objeto de la supervivencia diaria y el desarrollo futuro de la humanidad, por lo que juega papel importante la implementación de medidas de desarrollo sostenible desde la dinámica del desarrollo que” permitan satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro de satisfacer sus propias necesidades” (Brundtland, 1987). Un concepto tridimensional que aglutina tres (3) dimensiones: la económica, la social y la sostenibilidad (Bermejo, s.f.). Para lograr el desarrollo sostenible es necesario tener perspectivas a largo plazo, conocer e integrar los efectos locales y regionales de los cambios que se suscitan a nivel global y utilizar los conocimientos científicos (ciencias naturales y sociales) y tradicionales que tengamos a nuestro alcance. Es aquí en este escenario en el que se implementan las políticas necesarias para seguir alcanzando el desarrollo. Sin embargo, como ha señalado la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, luchar y erradicar la corrupción se ha convertido en pieza vital para lograr el desarrollo sostenible (UNODC, 2019). La corrupción representa una amenaza significativa para los países del mundo entero; debilita las instituciones democráticas, contribuye a la inestabilidad gubernamental y erosiona la confianza. Además, amenaza la economía al socavar la libre competencia, desalentando la inversión y el comercio. La corrupción afecta desproporcionadamente a los grupos desfavorecidos al impedir la inclusión social, promover la desigualdad e inhibir la prosperidad (Anticorruptionday, s.f.). En palabras de António Guterrés, Secretario General de las Naciones Unidas, señalaba que "Las personas tienen razón de estar enojadas. La corrupción amenaza el bienestar de nuestras sociedades, el futuro de nuestros hijos y la salud de nuestro planeta. Debe ser combatida por todos, para todos." (UNODC, 2019). Nuestra ponencia del día de hoy ha sido producto de una investigación “Propuesta de medidas para atender a las recomendaciones del Mecanismo de Evaluación y Seguimiento de la Convención Interamericana Contra la Corrupción (MESICIC) respecto a la regulación de conflictos de intereses en la administración pública panameña”. La corrupción es actualmente una de las principales preocupaciones por parte de la sociedad y de las autoridades dentro de todos los países. El caso de Panamá resulta llamativo debido a que en los últimos años se ha cuestionado con severidad la forma en que la corrupción parece haber penetrado en dicha nación; se han adoptado diversas medidas con la intención de atacar y disminuir los diversos actos de corrupción y, de manera especial, destaca la ratificación de la “CICC” y su concreción en el llamado “MESICIC”. El objetivo de este estudio fue proponer medidas normativas, políticas y procedimentales que permitan dar atención a las recomendaciones no atendidas del MESICIC de las rondas de análisis 2004, 2007, 2010, 2013 y 2017, para consolidar la regulación de conflictos de intereses en la administración pública panameña. Se trató de un estudio de naturaleza cualitativa; de corte no experimental y de tipo aplicado, que generaron una serie de medidas normativas, políticas y procedimentales, cuyo objetivo es mejorar la instrumentación continua del MESICIC al interior de Panamá. En cuanto a la descripción podemos mencionar los avances de Panamá para evitar conflictos de interés en el sector público. El MESICIC como herramienta de la organización de Estados Americanos (O.E.A.) para impulsar la C.I. contra la corrupción. Las recomendaciones no atendidas del MESICIC en materia de regulación de conflicto de interés en la administración pública panameña y examinamos la aplicación del MESICIC al interior del Estado Parte de Panamá. Esta investigación se justifica a partir de los criterios de importancia, actualidad, aporte, pertinencia y viabilidad. Es importante porque los conflictos de intereses han sido de gran visibilidad en los últimos años. Es un tema vigente porque de él se derivan recomendaciones que se le han hecho al Estado en los últimos años para que actualice su legislación. Realiza aportes a las relaciones internacionales (R.I. como disciplina) porque permite la comprensión de la realidad internacional y contribuye a la explicación del problema de la corrupción internacional (multidisciplinariedad de las R.I.) y resultó viable porque contó con recursos económicos y técnicos para llevarla a cabo. También porque Panamá ha asumido múltiples compromisos a nivel internacional relacionados con la lucha contra la corrupción y por ende la comunidad internacional juega al hacer valer dichos compromisos y el interés de la sociedad sobre el tema. Por ello la necesidad de generar investigaciones que permitan comprender a profundidad el problema de la corrupción y la construcción de rutas para su atención. Los antecedentes del problema los situamos en la corrupción como un fenómeno que ha ido en aumento en los últimos años en la región latinoamericana; que la corrupción es considerada como uno de los peores males de la sociedad moderna; que amenaza la estabilidad política de los países y su institucionalidad democrática. Además del rol que han jugado la creación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC); la creación de instituciones en el ordenamiento interno; aunado a las investigaciones penales por casos de corrupción. El problema de investigación planteado, a partir de los antecedentes históricos descritos y de la distinción de los factores que inciden en la consolidación del combate a la corrupción y el conflicto de interés en Panamá, es posible identificar el siguiente problema de investigación relevante para el área de estudio de Relaciones Internacionales: “A pesar de los avances alcanzados con la instrumentación del MESICIC para evitar conflictos de interés en el servicio público de Panamá, aún existen recomendaciones importantes de este mecanismo de cooperación internacional que no han recibido atención adecuada por parte del Estado panameño; esto plantea la necesidad de proponer medidas normativas, políticas y procedimentales que permitirían dar atención a las recomendaciones no atendidas del MESICIC en materia de regulación de conflictos de intereses en la administración pública panameña.” Entonces nos tenemos que preguntar: ¿Cuáles son las medidas (normativas, políticas y procedimentales) que permitirían dar atención a las recomendaciones no atendidas del MESICIC de las rondas de análisis de 2004, 2007, 2010, 2013 y 2017, en materia de regulación de conflictos de intereses en la administración pública panameña? El combate a la corrupción como parte de la agenda de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas se ha dado a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, creados en septiembre de 2015 y que plantea cinco dimensiones conocidas (5 P): personas, planeta, prosperidad, paz y partnership (alianzas). Son objetivos complejos e interrelacionados que requieren de estrategias inteligentes con un impacto multidimensional y 150 Estados (inicialmente) firmaron el compromiso. Las naciones han adoptado la Agenda 2030 y los 17 ODS, 169 metas, considerados como parte de las políticas de Estado a partir de enero de 2016 y tiene como característica de importancia, que todos los países, independientemente de sus condiciones socioeconómicas, desarrollen condiciones para alcanzarlos y que nadie se quede atrás . La CICC Surgió en 1996, a raíz de los escándalos de corrupción en AL. En la 1° Cumbre de las Américas en Miami, USA, 1994, se identificó a la corrupción como un asunto que debilita las democracias y socava la legitimidad de las instituciones. En la OEA en 1995, se emite la AG/RES.1346 (XXV.0/95) en la cual se encomendó al Presidente del Grupo de Trabajo sobre Probidad y Ética Cívica, la preparación de un Proyecto de CICC. Países como Chile, Venezuela y USA impulsaron las negociaciones para la aprobación de la CICC. Suscrita por 22 Estados (de 35 Estados miembros de la OEA), en marzo de 1996 y entró en vigor en 1997. El MESICIC surgió en el contexto de la Tercera Cumbre de las Américas (2001, Quebec, Canadá). Es un mecanismo de revisión de pares anticorrupción, el cual posee un carácter intergubernamental, establecido en el contexto de la OEA, para apoyar a los países en la aplicación de las disposiciones que marca la CICC; es un conjunto de normas y procedimientos, a través de los cuales un grupo de países que han añadido a su legislación interna estándares anticorrupción, presentan un documento informativo sobre sus políticas en esta materia; establecen el diálogo con otros Estados para valorar su adecuación a los compromisos existentes, y aceptan sugerencias para controlar las dificultades derivadas de la aplicación deficiente de los estándares. Tiene como objetivos: promover la puesta en marcha de la CICC y fomentar el alcance de sus propósitos; monitorear los compromisos que han adquirido los países y discutir la forma en la que estos han sido implementados; y sentar las bases para propiciar el intercambio de información, la cooperación técnica, la armonización de las legislaciones de los países miembros de la CICC y la difusión de prácticas y experiencias óptimas. Entre las conclusiones más importantes que llegamos en la investigación podemos mencionar: 1. El tema de la corrupción en general ocupa un lugar destacado dentro de la actual discusión pública. Por momentos se puede llegar a tener la impresión de que no existe un solo ámbito de la vida que no haya sido alcanzado por este fenómeno: el mundo artístico, deportivo, medios de comunicación, etc. Los escándalos de corrupción son noticia diaria, y afectan la credibilidad de todas las personas involucradas en estas actividades hasta tal punto que todo logro permanece en duda hasta que se demuestre que fue obtenido por méritos propios, y está libre de toda sospecha. 2. Tal es la situación actual en la que se encuentran las sociedades y sus ciudadanos. Ahora bien, la corrupción parece haber afectado de forma especialmente aguda al mundo político y económico. Se trata, sin lugar a dudas, de dos esferas que hoy en día gozan de poca reputación y credibilidad entre las personas a causa de los constantes actos de corrupción que tienen lugar dentro de ellas. Esto ha generado un clima de desinterés y enojo por parte de la ciudadanía hacia sus representantes, a los que perciben como seres lejanos a su realidad y preocupados exclusivamente en el enriquecimiento individual. 3. Este escenario es especialmente preocupante en el caso de Panamá que se encuentra entre los primeros lugares en percepción de corrupción dentro de América Latina. Es decir, que sus ciudadanos están sumamente inconformes con el comportamiento y las prácticas que han mostrado sus representantes políticos y las instituciones encargadas de administrar los recursos del país. Ésta es una de las principales razones por las que se decidió emprender esta investigación. 4. Se expuso cómo en un mundo globalizado la corrupción se convierte en una de las principales preocupaciones los gobiernos y diversas instituciones. Esto, en la medida que los actos de corrupción representan importantes transgresiones a las leyes nacionales e internacionales que ponen en riesgo la estabilidad democrática de los estados y dificultan su pleno desarrollo social, político y económico. Afortunadamente, el propio proceso de globalización ha creado las condiciones necesarias para fortalecer la cooperación entre actores en la lucha contra la corrupción y esto lo hace a través del fortalecimiento de vínculos entre instituciones y organizaciones nacionales e internacionales que comparten esa preocupación. 5. Presentamos el desarrollo histórico que ha permitido crear las condiciones e instituciones necesarias para enfrentar la corrupción desde diferentes frentes. Y entender que la corrupción administrativa es uno de los problemas más acuciantes para los países en vías de desarrollo, ya que obstaculiza su crecimiento y desarrollo económico; especialistas estiman que es una de las razones por las que, a pesar de que hay más riqueza en el mundo, ésta sigue concentrada en pocas manos. Además, dicha problemática impide el establecimiento de instituciones democráticas sólidas, puesto que los beneficios del desempeño de la función pública se vuelcan en unas cuantas manos y se impide que la ciudadanía pueda disfrutar de los rendimientos de los bienes públicos. 6. Dado el panorama internacional actual donde las dinámicas de la globalización han exacerbado la incidencia de prácticas corruptas, se vuelve necesaria la intervención de organismos regionales e internacionales, que fomenten interacciones de cooperación internacional entre los Estados más afectados por este fenómeno. Así, desde la década de 1990, el fenómeno de la corrupción fue integrado a la agenda internacional, ante la presión de los medios de comunicación y organizaciones de la sociedad civil. En esta primera etapa, los Estados se mostraban reticentes a discutir mecanismos para eliminar las dinámicas de corrupción, y mucho menos mostraban disposición para establecer estándares anticorrupción; no obstante, progresivamente se fueron diseñando herramientas internacionales para persuadir a los países a ingresar en la lucha contra este fenómeno. Ejemplo de ello fue la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC), así como su mecanismo de revisión de pares; es decir, el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC). 7. Dichos instrumentos son el resultado de una serie de escándalos de corrupción en Latinoamérica y, en el plano geopolítico, también son consecuencia de los intereses de Estados Unidos en la región. A pesar de su trasfondo político, las convenciones anticorrupción como la CICC son importantes mecanismos de cooperación internacional, que fomentan la ayuda mutua entre los países, para luchar colectivamente en contra de esta problemática. Esto debido a que el presente documento indica acuerdos trascendentes sobre cooperación técnica, asistencia jurídica mutua; la designación de cargos para la observación de la Convención, así como objetivos y definiciones en materia de estrategias anticorrupción. 8. Por su parte, el MESICIC es el brazo operativo de las disposiciones de la CICC, puesto que incluye un conjunto de normas y procedimientos, al que los Estados partes añaden a su legislación interna estándares anticorrupción; presentan un documento informativo sobre sus políticas en esta materia, y establecen el diálogo con otros Estados para valorar su adecuación a los compromisos existentes. Uno de los problemas que impide la aplicación efectiva de los compromisos derivados de la ratificación del CICC y el MESICIC es el hecho de que el incumplimiento de las recomendaciones emitidas por el Comité de Expertos no supone sanciones para los Estados, pues se trata de un ejercicio consensual sobre la base del principio de cooperación entre los miembros de la OEA. También, el MESICIC busca caracterizarse por su objetividad e imparcialidad en las conclusiones que establece y en sus mecanismos de operación y, aunque mantiene un carácter intergubernamental, éste busca fomentar la participación de la sociedad civil. 9. En el caso de Panamá, dicho Estado ratificó la CICC el 20 de julio de 1998, e hizo el depósito del instrumento de ratificación un mes después del mismo año; además, el 4 de junio de 2001, suscribió su ingreso al MESICIC. Esto le obligó a someterse a un proceso de evaluación recíproca, mediante rondas secuenciales en donde se examina la forma en la que se han implementado las disposiciones de la Convención. Como se observó en apartados previos, en la primera ronda de análisis el Comité de Expertos señaló la ausencia de regulaciones sobre aquellas acciones desempeñadas por los servidores públicos, después del ejercicio de sus funciones, y mencionó la imposibilidad de realizar una evaluación integral en esta materia, debido a que Panamá no contaba con datos estadísticos sobre el tema. Además, se recomendó capacitar a todos los servidores públicos sobre normas de conducta mínimas, incluyendo aquellas que aluden a los conflictos de intereses, así como reunir información sobre casos de conflicto de intereses, para verificar cómo ha procedido el Estado panameño sobre dicho tema. Las recomendaciones en materia de capacitación fueron evaluadas en la Ronda 5 de análisis y se concluyó que los esfuerzos fueron pertinentes para cumplir las disposiciones de la CICC; no obstante, se hizo énfasis en la necesidad de dar mayor difusión a los esfuerzos y programas de capacitación, para informar a la ciudadanía sobre estos logros. 10. Después, en diciembre de 2007, se presentó el segundo informe de análisis, en el cual se revisó la contratación de funcionarios públicos; la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado, así como las acciones que debe emprender el gobierno para proteger a funcionarios y ciudadanos que denuncien actos de corrupción. En términos generales, se concluyó que Panamá adoptó medidas adecuadas para mantener, fortalecer y crear dichos mecanismos en este ámbito, pero se sugirió emprender acciones para fortalecerlos, y también se recomendó continuar con la adopción de medidas para la adecuación de las entidades excluidas del ámbito de aplicación de la Ley N°22, con la finalidad de evitar la fragmentación del sistema de contratación estatal. 11. Finalmente, se determinó que Panamá no adoptó ninguna medida para fortalecer y mantener los sistemas de protección de ciudadanos y funcionarios, pero sí adoptó medidas para tipificar los actos de corrupción establecidos en el artículo VI de la CICC. Ésta ha sido hasta el momento la evolución de este tema dentro del contexto de Panamá. A partir de este punto se abre la discusión acerca de las posibilidades de mejora y las fortalezas que han demostrado las diversas medidas que se han tomado en el combate a la corrupción. 12. Como se mencionó, la aplicación efectiva de las medidas contempladas por la CICC es uno de los principales desafíos en el presente. Para lograr esto se requiere alcanzar amplios consensos dentro del país, consensos que deben involucrar a los diferentes partidos políticos, independientemente de sus ideologías, y también a grupos provenientes de la sociedad civil para llevar a cabo las transformaciones e introducir las políticas y prácticas que se consideren necesarias. Todo esto, desde luego, sería en beneficio de toda la sociedad panameña. En la Figura 1 puede apreciarse una esquematización de lo hasta aquí expuesto acerca de la creación de la CICC y el MESICIC como alternativas para la cooperación internacional contra la corrupción. Figura 1. La Convención Interamericana contra la Corrupción y el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción: creación y adopción en Panamá. Elaboración propia con Cmap Tools v.6.04 13. Uno de los grandes problemas de MESICIC es que sus recomendaciones no poseen un carácter vinculatorio por lo que su aplicación depende en buena medida de la voluntad política de las autoridades encargadas de aplicarlas. Con el tiempo se ha hecho evidente que éste es uno de los principales obstáculos que ha hecho evidente con el tiempo. Además, la aplicación de estas medias requiere de una coordinación internacional, ya que si una de las partes involucradas se opone a ellas, retrasa su proceso de implementación o lo hace tan sólo de manera parcial o deficiente ofrece a las otras partes una excusa para actuar de la misma manera. 14. No obstante, una de las fortalezas de MESICIC que compensan parte de estas debilidades es que ha logrado un amplio reconocimiento a nivel internacional, por lo que los gobiernos muestran un interés por cumplir con ella debido a que esto les otorga prestigio y confiabilidad. De lo contrario se exponen a perder poder de negociación frente a sus pares. Además de este punto, MESICIC ha demostrado ser un instrumento eficiente para diagnosticar la situación de un Estado y poder identificar los principales problemas que enfrente con relación al tema de la corrupción. Éste es un punto esencial, en tanto permite reconocer aquellas áreas en las que resulta prioritario trabajar para obtener resultados en el corto, mediano y largo plazo. 15. Entre las medidas que se podrían tomar a futuro dentro del caso de Panamá para mejorar el funcionamiento de MESICIC se encuentran: realizar una mayor especificación de las situaciones de conflicto de interés, dado que en su forma actual deja un amplio margen de indefinición lo que dificulta su aplicación; de manera complementaria está el establecer un régimen de incompatibilidades donde se especifique las sanciones correspondientes y los mecanismos de aplicación; reforzar el Código de Conducta incluyendo las prácticas específicas que entran en la categoría de actos de corrupción y conflicto de interés y los riesgos potenciales a los que quedan expuestos de llegarse a incurrir en ellas. En síntesis, crear leyes que regulen los conflictos de interés en Panamá significa delimitar y definir de forma precisa cuestiones relacionadas con las incompatibilidades, inhabilitaciones y prohibiciones. 16. De manera complementaria, una buena forma de fortalecer el combate a la corrupción en Panamá y hacer más efectivas las recomendaciones de la CICC es a través del involucramiento de la sociedad civil. De tal manera, que la presión generada desde la sociedad sirva como un impulsor para acelerar y mejorar la aplicación de las diferentes recomendaciones y cambios necesarios dentro del ámbito legislativo. El combate a la corrupción es un camino largo que requiere de la participación constante de diferentes actores, tanto nacionales como internaciones, sin una articulación de todos ellos, difícilmente se obtendrán resultados positivos y duraderos. Ésta es la dirección en la que Panamá debe seguir trabajando. En la Figura 2 se ofrece un análisis esquemático de las fortalezas y debilidades de los instrumentos analizados, así como de los aspectos necesarios para dotarlos de un carácter vinculatorio y gestionar su aplicación de manera efectiva. Figura 2. La Convención Interamericana contra la Corrupción y el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción: propuestas para dotarles de carácter vinculatorio y gestionarles de manera efectiva Elaboración propia con Cmap Tools v.6.04 Las recomendaciones realizadas en el marco de la investigación, responden a una serie de sugerencias, observaciones y recomendaciones, para garantizar la mejora continua de la instrumentación del MESICIC en Panamá, a fin de progresar en el diseño y ejecución de las disposiciones existentes que regulan la prevención, surgimiento y sanción de conflictos de interés. Con dicho propósito, se detallarán recomendaciones para materializar las disposiciones de la CICC y las recomendaciones emitidas bajo EL MESICIC y, posteriormente, se profundizará en las acciones que deben emprenderse para reforzar el carácter trasformador del mecanismo en la regulación de los conflictos de interés en Panamá. Las recomendaciones generales para lograr la aplicación efectiva de los principios de la CICC y el MESICIC, se vuelve imperativa la necesidad de introducir leyes nuevas, políticas y prácticas, que exigen el establecimiento de acuerdos partidistas, así como garantizar que existan los recursos necesarios para implementar tales requerimientos. Por ende, se sugiere manejar la lucha contra la corrupción bajo el enfoque de políticas públicas y no sólo como un componente de la política de seguridad del Estado. Esto debido a las razones siguientes: 1) El enfoque de políticas públicas permite enmarcar la problemática a resolver como una cuestión de interés común a todos los miembros de una comunidad y, en este caso, la corrupción administrativa debe ser caracterizada como un problema complejo, cuya solución no puede ser abordada sin la intervención de todos los actores sociales. El manejo de la corrupción administrativa, bajo dicho discurso, genera mayores incentivos para establecer acuerdos entre las diferentes fuerzas partidistas de un Estado, puesto que se maneja como un problema común, que requiere la cooperación de todos los miembros de la sociedad. 2) El enfoque de políticas públicas brinda un cariz de transparencia al tratamiento de la corrupción y, por ende, impide que se aborde como un tema que requiere discrecionalidad, lo cual favorece la intervención de la sociedad civil en el diseño de estrategias para combatirla. Además, permite que las soluciones propuestas estén sujetas al escrutinio público, lo que facilita los procesos de retroalimentación, para brindar mejores soluciones. 3) Dicho enfoque favorece la toma de decisiones congruentes y consistentes, pues parte de la idea de cumplir una serie de objetivos y metas específicos. 4) Las decisiones para enfrentar las dinámicas de corrupción, parten de una argumentación teórica que las sustenta, por lo que existe mayor probabilidad de que sean tomados en cuenta los principios de la CICC y las recomendaciones del MESICIC, como referentes teóricos y prácticos. 5) Este enfoque permite la puesta en marcha de mecanismos de planeación estratégica, lo cual implica que la asignación de recursos al combate a la corrupción sea más eficiente y efectiva. A su vez, esto permite la reducción de costos económicos y políticos. 6) Permite involucrar al ciudadano común en el combate a la corrupción, mediante la organización de sesiones de parlamento abierto, en donde el poder legislativo justifica y explica sus acciones y, por tanto, privilegia la participación ciudadana para la toma de decisiones en esta materia. Lo anterior podría facilitar la aprobación de una ley en materia de regulación de conflictos de interés, ante la presión de la sociedad civil en este tipo de sesiones. En este punto, cabe mencionar que la participación de la sociedad civil es de vital importancia para garantizar la efectiva aplicación de las recomendaciones del Comité de Expertos del MESICIC. La lucha contra la corrupción requiere la colaboración entre los distintos actores que conforman una sociedad, puesto que se trata de un problema complejo que permea todas las esferas de la vida política y económica de los Estados. Olamendi (2005) sostiene que la sociedad cumple una función vital en la prevención y lucha contra la corrupción, ya que los procesos de incidencia que pone en marcha influyen en las decisiones gubernamentales, y someten a escrutinio público las decisiones tomadas por el gobierno en turno. De tal modo, se recomienda a la sociedad civil panameña tomar en cuenta las estrategias de incidencia para el combate a la corrupción que han sido propuestas por prestigiosos organismos no gubernamentales (ONGs) de rango internacional, para aumentar la eficacia de su labor. También, se sugiere poner atención a los mecanismos exitosos que han sido implementados por otras organizaciones nacionales en sus respectivos países, con la finalidad de generar dinámicas de colaboración regional. En el primer caso, Transparencia Internacional (op. cit.) sostiene que las organizaciones no gubernamentales pueden desempeñar un papel significativo en la promoción de la ratificación, implementación y monitoreo de convenciones y mecanismos como la CICC y el MESICIC. Sin embargo, para lograr tal objetivo, se requiere preparar un plan estratégico que identifique los temas clave en los que se debe incidir; los actores que tienen influencia en el proceso; las audiencias metas, que podrán influir en la decisión, así como los medios y materiales para difundir la estrategia de incidencia. Por ejemplo, en el caso de la fase de implementación de políticas y leyes, las organizaciones de la sociedad civil deben comprender claramente las disposiciones obligatorias y no obligatorias de la convención, para identificar si el Estado parte realmente ha cumplido los compromisos adquiridos. Además, se deben establecer los estándares mínimos internacionales, que ayudarán a evaluar el grado de efectividad de las políticas y leyes diseñadas para mitigar y erradicar los efectos de este fenómeno. Estos constituyen una herramienta útil para medir el nivel en que las instituciones gubernamentales cuentan con las garantías mínimas para prevenir, sancionar erradicar prácticas corruptas. Por otro lado, las organizaciones de la sociedad civil deberán investigar los reglamentos, las leyes, prácticas y políticas existentes, para verificar su congruencia con los postulados de la CICC y las recomendaciones del MESICIC. Para ello, pueden consultar los informes de avance por país, que se encuentran en la página web de la OEA, los cuales les permitirán conocer la opinión del Comité de Expertos sobre el estado del país en la lucha contra la corrupción. A partir de sus recomendaciones, estos organismos pueden emitir conclusiones sobre los cambios que son necesarios para avanzar en este ámbito, y elegir los temas prioritarios sobre los que versará su estrategia de incidencia. El cabildeo es una de las herramientas básicas de incidencia, y puede ponerse en marcha mediante la organización de comisiones de seguimiento que monitoreen el cumplimiento de las recomendaciones del MESICIC por parte del Estado panameño; a través de la puesta en marcha de talleres de participación ciudadana en los que se involucre a funcionarios públicos, medios de comunicación y la ciudadanía en general, para difundir la importancia la CICC y las recomendaciones del MESICIC, o al establecer alianzas estratégicas con medios de comunicación, para hacer públicos los avances del Estado en el cumplimiento de dichas disposiciones (Transparencia Internacional, op. cit.). Las auditorias sociales son ejemplos de acciones ciudadanas que pueden favorecer la aplicación eficaz de estos mecanismos. Se trata de procesos de participación ciudadana, en donde las personas se organizan para dar seguimiento a programas, políticas públicas y proyectos institucionales, con el objetivo de democratizar los procesos de monitoreo (OEA, 2019). La puesta en marcha de estas acciones, puede motivar la voluntad política de actores locales, para ejercer presión en los funcionarios de la administración pública central para que cumplan las disposiciones del Comité de Expertos. La efectividad de las auditorias sociales está íntimamente relacionada con la disposición de colaboración que presenten las instituciones gubernamentales panameñas, por lo que se sugiere que la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información brinde acompañamiento a dichos organismos, con el objetivo de hacer llegar sus observaciones a la administración pública central del Estado panameño. Asegurar el involucramiento de esta entidad, puede garantizar un mayor involucramiento de los funcionarios de alto rango en la lucha contra la corrupción y, por ende, la asignación adecuada de tiempo y recursos financieros para enfrentar esta problemática. Además, el brindar acompañamiento a las iniciativas ciudadanas legitima el discurso anticorrupción del gobierno en turno, lo cual reduce el margen de acción política de aquellos servidores públicos que se oponen a los programas anticorrupción. Lo anterior allana el terreno para la aprobación de leyes, reglamentos y códigos de ética, que prevengan, sancionen y erradiquen prácticas corruptas. Finalmente, las movilizaciones ciudadanas también son una herramienta importante para ejercer presión gubernamental. No hay que olvidar los ejemplos hondureños de movilización política, que se suscitaron en mayo de 2015. Tras el destape del escándalo de corrupción del Instituto Hondureño de Seguridad Social, se inició el movimiento “Marcha de las antorchas”, el cual demandó la instalación de una Comisión Internacional Contra la Corrupción y la Impunidad. El resultado inmediato de dicho movimiento, fue el establecimiento de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras, el cual constituyó una misión de cooperación internacional presidida por la OEA, para combatir la corrupción en dicho Estado. Por ende, se recomienda a la sociedad civil panameña hacer uso de estas estrategias, con la finalidad de reducir el impacto de las deficiencias en la aplicación efectiva de la CICC y el MESICIC. Otra recomendación que es importante tomar en cuenta, es la extensión de las recomendaciones del Comité de Expertos al ámbito de las prácticas corruptas en las que incurren las entidades privadas; por ejemplo, el soborno trasnacional, el uso indebido de información privilegiada y el tráfico de influencias. Aunque la CICC no incorpora disposiciones específicas para este sector, es posible promover líneas de acción en este sentido, bajo el auspicio del artículo III de la CICC, numeral 10, el cual enfatiza la necesidad de establecer “Medidas que impidan el soborno de funcionarios públicos nacionales y extranjeros, tales como mecanismos para asegurar que las sociedades mercantiles y otros tipos de asociaciones mantengan registros que reflejen con exactitud y razonable detalle la adquisición y enajenación de activos, y que establezcan suficientes controles contables internos que permitan a su personal detectar actos de corrupción (CICC, s.f.: 18).” Cabe mencionar que la corrupción pública y privada son fenómenos complementarios, que se han recrudecido en tiempos de globalización, ante el auge de las dinámicas de libre mercado. Panamá es una de las naciones que más ha prosperado debido a las dinámicas del comercio internacional, ya que dicha nación exporta bienes y servicios equivalentes al 35% de su Producto Interno Bruto (PIB), lo cual también le permite generar divisas para importar productos que de otra forma no podría obtener (El Capital, 2014). Sin embargo, el país es víctima de delitos como el soborno internacional, el tráfico de influencias y el uso de información privilegiada, los cuales disminuyen el impacto positivo de los beneficios que acarrea el comercio internacional. Es por esta razón que resulta necesario que la CICC y las recomendaciones del Comité de Expertos de la CICC profundicen en la regulación del fenómeno de la corrupción privada. Como base para materializar esta sugerencia, se puede tomar en cuenta la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. Si bien este documento también se enfoca en la corrupción administrativa, su artículo 2° indica que los Estados parte deberán emprender las medidas necesarias, de acuerdo con su marco jurídico, para establecer la responsabilidad de las personas morales por el delito de cohecho de un servidor público extranjero. Además, su numeral 3° menciona que los Estados tendrán que garantizar la aplicación efectiva de sanciones proporcionales y disuasorias, de carácter no penal, por incurrir en el delito de cohecho (OECD, op. Cit.). La aplicación de estas medidas también puede ser un punto relevante para prevenir, sancionar y erradicar las consecuencias del surgimiento de conflictos de interés. Como se mencionó en líneas previas, la corrupción privada y pública son fenómenos complementarios, por lo que deben ser abordados bajo estrategias que ataquen a ambos sectores. Así, si se identifican que un servidor público obtiene beneficios financieros por sus actividades dentro de ciertas organizaciones del sector privado, y se especifica en los documentos nacionales e internacionales en materia anticorrupción las sanciones aplicables ante la comisión de delitos como el uso de información privilegiada, entonces será posible emplear dichos mecanismos como estrategias disuasorias o, incluso, para evitar que servidores públicos obtengan cargos administrativos si poseen tales intereses. Ahora, resulta de vital importancia profundizar en las acciones necesarias que deben ponerse en marcha, para fortalecer el carácter vinculatorio de la CICC y garantizar la aplicación efectiva de las recomendaciones del Comité de Expertos. En líneas previas se dejó de manifiesto que la desventaja más preocupante de estas herramientas, es el hecho de que la no aplicación de las recomendaciones no acarrea sanciones para el Estado parte. Si bien esta característica facilita la adhesión y ratificación de la CICC, también dificulta la garantía de que los Estados materialicen las sugerencias emitidas durante las rondas de análisis. Dicha situación puede ser abordada desde dos perspectivas; es decir, desde el actuar de la ciudadanía o mediante la aplicación de mecanismos disuasorios por parte de la OEA. En el primer caso, se sugiere que tanto la Organización de Estados Americanos como las entidades de la sociedad civil, generen una campaña de difusión, que permita divulgar aquellos compromisos que no han sido cumplidos por los estados parte, desde la primera ronda de análisis. Lo anterior, tiene como objetivo que la ciudadanía reconozca las deficiencias del gobierno en turno en la lucha contra la corrupción, y pueda ejercer presión para mejorar tal contexto. Asimismo, se sugiere la creación de un índice regional que arroje una calificación para evaluar el grado de avance de los países, en la aplicación de las recomendaciones de las distintas rondas de análisis. En apartados anteriores se dejó de manifiesto que el “poder blando” está relacionado con el empleo del prestigio internacional, para aumentar la capacidad de negociación de los Estados. Si un país incumple constantemente con los compromisos internacionales que ha adquirido, la imagen que proyecta hacia el exterior se verá afectada y, por tanto, también su capacidad de influencia y negociación. De tal modo, la generación de un indicador regional puede lograr que los estados se sientan más motivados a aplicar las recomendaciones del MESICIC, ya que una calificación negativa reduciría su prestigio internacional e, incluso, podría afectar su relación comercial con sus principales socios, puesto que no se sentirían tan confiados de establecer acuerdos con países que han incurrido en constantes prácticas de cohecho internacional. Además, un indicador de este tipo facilitaría la generación de conocimiento sobre el progreso de los países americanos en la lucha contra la corrupción, y facilitaría el acceso a la información sobre esta problemática. En relación con este punto, se sugiere elaborar protocolos que determinen la forma adecuada de presentar los “Informes de Avance Nacional”, para que los Estados muestren sus progresos en consonancia con el principio de “datos abiertos”. Entre las recomendaciones específicas podemos señalar: Para contribuir a la mejora continua de la instrumentación del MESICIC en el Estado de Panamá, se profundizará en las recomendaciones pendientes de las Rondas 1°, 2° 4° y 5°, en materia de conflictos de interés, y se enumerarán algunas alternativas para facilitar su implementación. Así, las sugerencias que aún se encuentran pendientes de aplicación, son: 1) la aprobación de normas que especifiquen detalladamente las situaciones de conflictos de intereses de altos mandos de la administración pública de Panamá, y de los miembros de la Asamblea Nacional y sus suplentes; 2) establecer un régimen de incompatibilidades, que especifique las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento, así como los mecanismos adecuados para su aplicación efectiva; 3) asegurarse de que todas las instituciones sujetas a la Ley N°6 de 2002 tengan una unidad o un oficial de información, para hacer cumplir las disposiciones de la Ley N°33 de 25 de abril de 2013, que creó la ANTAI; 4) adopción de las medidas necesarias—por ejemplo, la modificación a la Ley N°59, para otorgarle la facultad para verificar las declaraciones juradas de bienes patrimoniales, con la finalidad de prevenir conflictos de interés, así como para verificar variaciones injustificadas en el patrimonio de sujetos obligados—, que garanticen que el Código de Conducta de la Contraloría General de la República contenga las prácticas específicas en que no deben incurrir los servidores públicos, así como los riesgos potenciales de corrupción que son inherentes a su desempeño (OEA, 2013; OEA, 2017). En lo que respecta al apartado sobre la aprobación de leyes que especifiquen detalladamente las situaciones en donde se presentan conflictos de intereses, se recomienda revisar guías y estándares internacionales en esta materia, para que sea posible tipificar las conductas que acarrean el surgimiento de conflictos de interés, de forma detallada y precisa. Un buen referente para poner en marcha estas acciones, es el documento de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) denominado “Directrices para la gestión de conflictos de interés en el servicio público: directrices de la OCDE y experiencias de los Estados”. En dicho texto se especifican algunas prácticas que los estados más eficientes en la lucha contra la corrupción han tipificado para prevenir y sancionar el surgimiento de conflictos de interés en la administración pública. Ejemplo de ello es el “Código canadiense de conflictos de intereses para titulares de cargos públicos”, el cual establece cuatro prácticas que deben evitarse por parte de los funcionarios o, de lo contrario, implicarían su destitución y la ejecución de sanciones penales. La primera de ellas tiene que ver con la aceptación de beneficios económicos u otros beneficios de valor nominal, a menos que la transferencia de estos bienes sea bajo un contrato de derecho de propiedad del titular del cargo público. También se prohíbe brindar trato preferencial a entidades privadas en sus interacciones con el gobierno, así como otorgar información privilegiada a tales actores, al aprovecharse de los beneficios que se obtienen del ejercicio de la función pública. Otra práctica que se considera un riesgo potencial para el surgimiento de conflictos de interés es el uso directo o indirecto de propiedad gubernamental, para actividades no oficiales, y también el uso indebido de los conocimientos adquiridos durante el ejercicio de la función pública, después de haber dejado el cargo (OCDE, 2005). Sobre este último punto, también es necesario incorporar a la legislación panameña, aquellas prácticas en las que no deben incurrir los servidores que han cesado sus funciones. Para especificar tales acciones, se sugieren incorporar los lineamientos establecidos en el documento “Empleo postpúblico: buenas prácticas para prevenir conflictos de intereses” de la OCDE. En este se especifican principios, prácticas y reglas, que permiten aprovechar la experiencia de exempleados del sector privado, así como salvaguardar la integridad de la función pública, cuando exfuncionarios se trasladan al sector privado (OECD, 2010). Otro mecanismo que puede nutrir la regulación de conflictos de interés en Panamá es el bagaje de conocimientos sobre buenas prácticas para la administración pública, que se encuentra compilado en el “Sistema Regional de Información sobre buenas prácticas en América Latina y el Caribe”. Se trata de una plataforma digital, cuyo objetivo es documentar y difundir el conocimiento sobre buenas prácticas de gestión. Que permitan el fortalecimiento de las administraciones públicas de los gobiernos de América Latina y el Caribe (SIPAL, s.f.). A su vez, la creación de una ley que regule los conflictos de interés en Panamá requiere establecer un régimen eficiente de incompatibilidades, impedimentos, inhabilidades y prohibiciones. Dicha regulación debe dirigirse a autoridades de alta jerarquía, y se debe especificar que no podrán ser representantes de empresas privadas, miembros de juntas directivas, ni deberán participar del capital accionario de dichos organismos, tanto de forma personal como por medio de terceras personas. Con el objetivo de incorporar las mejores prácticas al diseño del régimen de incompatibilidades, se sugiere tomar como base los estándares internacionales establecidos en la “Guía Técnica de la Convención de Naciones Unidas contra la corrupción”, en donde se enfatiza la necesidad de tomar en cuenta las disposiciones del “Código Internacional de Conducta de los funcionarios públicos” (UNODC, 2009). Este documento también debe servir de guía, para indicar en el código de conducta de la Contraloría General de la República, las acciones específicas en las que no deben incurrir los servidores públicos para evitar el surgimiento de conflictos de interés, así como los riesgos de corrupción que pueden suscitarse en el desempeño de sus funciones. A su vez, la regulación de conflictos de interés también implica asegurar las condiciones necesarias de transparencia y acceso a la información, con la finalidad de que la ciudadanía corrobore la idoneidad y competencia de los servidores públicos que les representan. De tal modo, se sugiere crear una plataforma digital, que unifique y facilite el acceso a la información pública gubernamental; es decir, una base de datos en donde los ciudadanos puedan realizar solicitudes de acceso a la información, para verificar información relevante en materia de conflictos de interés; por ejemplo, se podría consultar las declaraciones patrimoniales, fiscales y de intereses de los servidores públicos. Dicha herramienta podría incorporar como sujetos obligados no sólo a las dependencias de la administración pública, sino a organismos y autoridades de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como a partidos políticos, sindicatos, y a cualquier persona moral o física que perciba recursos públicos. Se sugiere que la creación y el manejo de esta herramienta esté a cargo de la “Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental” (AIG), puesto que dicho organismo tiene en sus manos la tarea de coordinar las acciones para promover el empleo óptimo de las tecnologías de la información y la comunicación en el sector público, para lograr la modernización de la gestión pública (AIG, s.f.). En general, se sugiere que estas acciones se enmarquen dentro de un Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción, donde se incluya como parte medular la prevención de los conflictos de interés en la administración pública panameña. El objetivo principal de este instrumento será la optimización de las herramientas necesarias para que el gobierno panameño combata de frente potenciales actos de corrupción; a la vez, la finalidad será consolidar la institucionalización de un sistema que materialice efectivamente las sanciones administrativas para abatir los niveles de impunidad en el ámbito público. En la Figura 3 se presenta una esquematización de lo hasta aquí propuesto para la instrumentación de las recomendaciones de la CICC y el MESICIC en Panamá. Figura 3. La Convención Interamericana contra la Corrupción y el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción: propuestas para la plena instrumentación de sus recomendaciones en Panamá Elaboración propia con Cmap Tools v.6.04 Como parte del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción, será indispensable contar con un Plan Nacional de Prevención de la Corrupción que se encuentre embebido dentro del anterior y que sea formulado desde el ámbito educativo, cuyo objetivo sea intervenir en la formación ciudadana para fomentar los valores y principios que permitan luchar contra la corrupción desde el seno de la familia y la sociedad. El propósito de esta iniciativa será atacar a la falta de educación y valores como centro de la problemática de la corrupción en el país, a través de acciones tendientes a crear verdadera conciencia entre los ciudadanos a lo largo de su formación, tanto a través de las instituciones y medios formales como por lo no formales. Para formular y desplegar el Plan Nacional de Prevención de la Corrupción, el primer paso consistirá en realizar un diagnóstico de la condición en que se encuentra la sociedad en torno a su formación en valores y sentido ético, así como de las consecuencias de riesgo social y en materia de corrupción que derivan de la falta de una formación sólida en transparencia, ética, valores, justicia, respeto y decencia. A partir de los resultados de dicho estudio, se podrá plantear una estrategia enfocada a la promoción de los principios de honestidad, respeto, responsabilidad, tolerancia, transparencia, cooperación, libertad, consenso, cuidado del medio ambiente, solidaridad, autonomía y convivencia pacífica, entre otros, valiéndose de los medios al alcance del sistema educativo y de los actores sociales involucrados. El fin último de esto será incentivar una cultura de tolerancia cero a la corrupción, así como una cultura del trabajo sustentado en valores éticos. El modelo de el Plan Nacional de Prevención de la Corrupción tendrá como objetivo general fomentar una cultura de valores y sentido ético en la formación de los individuos-ciudadanos. Ello se perseguirá con base dos políticas: por un lado, la clarificación de valores y, por otro, la promoción de dichos valores en un marco ético. De la primera de estas políticas desciende una estrategia de acción concreta: el desarrollo de un modelo de educación sociedad-entorno, donde se asuma un conjunto de principios rectores de observancia claramente delimitados. De la segundad derivan dos estrategias más: promover la práctica de valores y ética de la anticorrupción para el ejercicio de una ciudadanía participativa; y promover una estructura formativa que impacte concienciando al individuo. La concreción del plan propuesto podrá llevarse a cabo a través de dos programas: uno de Cultura de la Tolerancia Cero a la Corrupción, dirigido a estudiantes de nivel básico y superior; y otro de Trabajo Basado en Valores Éticos, dirigido a servidores públicos y sector privado. En ambos casos, se diseñarán y lanzarán campañas de comunicación orientadas a la sensibilización y la creación de conciencia sobre la importancia de luchar en contra de la corrupción, valiéndose de los medios con que cuente el sistema educativo (pláticas en colegios, formación de profesores, medios escolares), los medios de comunicación masiva nacionales y locales (prensa, radio, televisión y medios digitales), y las organizaciones de la sociedad civil. Será indispensable establecer compromisos con estos tres sectores a fin de que colaboren en la difusión de los mensajes y la convocatoria a las actividades derivadas de los programas. En la Figura 4 se presenta una esquematización del origen y estructura del Plan Nacional de Prevención de la Corrupción propuesto Figura 4. Origen y estructura del Plan Nacional de Prevención de la Corrupción Elaboración propia con Cmap Tools v.6.04 Estas recomendaciones no sólo permitirán establecer las condiciones necesarias para garantizar la aplicación efectiva de las disposiciones de la CICC y el MESICIC en Panamá, sino que también servirán de guía para mejorar el contexto de regulación de los conflictos de interés en esta nación. Sin embargo, es necesario enfatizar que, si las disposiciones que establecen estos mecanismos regionales no son adoptadas como prioridades del Estado panameño, ni bajo el enfoque de políticas públicas, será difícil lograr que los actores políticos internos establezcan consensos para asegurar la aprobación legislativa de una ley que regule los conflictos de interés en Panamá. Además, la Organización de Estados Americanos deben establecer mecanismos más efectivos, para reforzar el carácter vinculatorio de las recomendaciones emitidas por el Comité de Expertos, con el objetivo de que los Estados parte realmente las incorporen en su legislación nacional.   BIBLIOGRAFÍA Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental [AIG]. s.f.. Acerca de. Panamá. AIG. Recuperado de: https://aig.gob.pa/acerca/ Agencia EFE [EFE]. 2019. Panamá es el quinto país con mayor percepción de corrupción en América Latina. EFE (en línea). Consultado el 26 de octubre de 2020. Recuperado de: https://www.efe.com/efe/america/economia/pan ama-es-el-quinto-pais-con-mayor-percepcion-de-corrupcion-en-america-la tina/20000011-4070633 ÁNGELES TORRES, M. y ALARCÓN ESPINOSA, F. 2017. Auditoría forense integral como fundamento de una gestión eficiente en contraposición con la corrupción y demás actos ilícitos en la administración pública. Revista Publicando, 12(2), 848-865. 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